N.º 109, viernes 7 de junio de 2013
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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 3 DE VITORIA-GASTEIZ
2647
EDICTO dimanante del juicio monitorio n.º 1170/11 seguido sobre derechos reales.
Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de Vitoria-Gasteiz.
Juicio: Monit.prop.hori. 1170/11.
Demandante: C. Propietarios de calle Baiona 30.
Abogado.
Procurador: Usatorre.
Demandado: Jorge Luis Perez Gonzalez y Ana Consuelo Vitores Garcia.
Sobre: derechos reales.
En el referido juicio se ha dictado Decreto cuya parte dispositiva es la siguiente:
1.– Se declara finalizado el presente proceso monitorio instado por C. Propietarios de calle Baiona 30 frente a Jorge Luis Perez Gonzalez y Ana Consuelo Vitores Garcia, en reclamación de 882,51 euros en concepto de cuotas debidas a la Comunidad y 233,95 euros en concepto de gastos del requerimiento previo de pago.
2.– Así mismo, se condena al deudor al pago de los honorarios del abogado y derechos del procurador, con sujeción a los límites establecidos en el apartado tercero del artículo 394 de la LECn.
3.– Dese traslado a C. Propietarios de calle Baiona 30 para que inste, en su caso, el despacho de ejecución, advirtiéndole que será preceptiva la intervención de abogado y procurador si la cantidad por la que se pretenda el despacho supera los 2000 euros.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Jorge Luis Perez Gonzalez y Dña. Ana Consuelo Vitores Garcia y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.
Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de Revisión.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.
En Vitoria-Gasteiz, a 3 de septiembre de 2012.
EL SECRETARIO JUDICIAL.