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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 109, viernes 7 de junio de 2013


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OTRAS DISPOSICIONES

LEHENDAKARITZA
2635

RESOLUCIÓN de 23 de mayo de 2013, del Secretario General de la Presidencia, por la que se delegan las competencias que tiene atribuidas, en relación con las funciones de Presidente de la Comisión Interdepartamental de Publicidad Institucional, regulada por el Decreto 237/2011, de 22 de noviembre.

Mediante el Decreto 237/2011, de 22 de noviembre, se regula la composición, organización y funcionamiento de la Comisión Interdepartamental de Publicidad Institucional.

El artículo 3 del citado Decreto establece que ejercerá la Presidencia de dicha Comisión la persona titular de la Secretaría General de Comunición de la Presidencia del Gobierno, o aquella en quien delegue.

De conformidad con lo establecido en el artículo 5 del Decreto 187/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional de Lehendakaritza, la Secretaría General competente en materia de comunicación es la Secretaría General de la Presidencia, de manera que corresponde al Secretario General de la Presidencia, o persona en quien delegue, ejercer la Presidencia de la Comisión Interdepartamental de Publicidad Institucional.

Con el fin de lograr una mayor agilidad y eficacia en la actuación administrativa, resulta necesario proceder a la delegación del ejercicio de las funciones correspondientes a la Presidencia de la Comisión Interdepartamental de Publicidad Institucional.

Por todo ello, y teniendo en cuenta las competencias asignadas a la Dirección de Comunicación por el Decreto 187/2013, de 9 de abril,

RESUELVO:

Primero.– Delegar en D. Juan Ignacio Bernardo Urquijo, en su calidad de Director de Comunicación, el ejercicio de las competencias atribuidas al Secretario General de la Presidencia, en relación con las funciones de Presidente de la Comisión Interdepartamental de Publicidad Institucional, regulada por el Decreto 237/2011, de 22 de noviembre.

Segundo.– Las competencias delegadas por la presente Resolución podrán ser objeto de avocación en cualquier momento por el órgano delegante.

Tercero.– En todas las resoluciones que se dicten en ejercicio de la delegación de competencias conferida por esta Resolución deberá hacerse constar expresamente tal circunstancia, con mención de la fecha de esta Resolución y su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Cuarto.– La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 23 de mayo de 2013.

El Secretario General de la Presidencia,

JESÚS PEÑA MARTÍNEZ.


Análisis documental