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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 91, martes 14 de mayo de 2013


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

AUTORIDADES Y PERSONAL

Nombramientos, situaciones e incidencias

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y CULTURA
2240

ORDEN de 29 de abril de 2013, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se aprueba la adjudicación definitiva de destinos del Concurso de traslados entre personal funcionario docente del Cuerpo de Maestras y Maestros dependientes del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Mediante Resolución de 11 de marzo de 2013, del Director de Gestión de Personal del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura, se hace pública la adjudicación provisional de destinos del concurso de traslados 2012-2013 entre funcionarias/os docentes del Cuerpo de Maestras y Maestros dependientes del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Se han revisado las reclamaciones presentadas contra dicha resolución. Asimismo, se han corregido los errores informáticos advertidos en la adjudicación provisional de destinos de varios participantes por la modalidad de derecho preferente a zona.

De conformidad con lo previsto en la base vigésimo tercera de la Orden de 26 de octubre de 2012, de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, por la que se convoca concurso de traslados entre personal funcionario de los cuerpos docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco (BOPV de 31 de octubre de 2012),

DISPONGO:

Primero.– Aprobar la adjudicación definitiva de destinos del concurso de traslados entre personal funcionario docente del Cuerpo de Maestras y Maestros de la Comunidad Autónoma del País Vasco, contenida en los listados que a continuación se relacionan:

Anexo I, listado de participantes funcionarios y funcionarias de carrera del cuerpo de maestros y maestras a los que se les ha concedido destino.

Anexo II, listado de participantes que han sido seleccionados y seleccionadas en los procedimientos selectivos para el ingreso en el cuerpo de maestros y maestras de la CAPV. Estos participantes figuran ordenados por el número de orden de lista asignado en la Orden de nombramiento como funcionarios y funcionarias en prácticas (y sus modificaciones). Los destinos adjudicados en el anexo segundo, estarán condicionados, en su caso, a la superación de la fase de prácticas y nombramiento como funcionario o funcionaria de carrera.

Segundo.– Ordenar la exposición de los anexos anteriores en los tablones de anuncios de las Delegaciones Territoriales de Educación a partir del mismo día de la publicación en el BOPV de la presente Orden, así como en la página web: www.hezkuntza.ejgv.euskadi.net. Asimismo, se expondrá en los citados lugares la lista alfabética de renuncias y reclamaciones estimadas y desestimadas, en este último caso indicando los motivos.

Tercero.– Los nombramientos surtirán efectos económicos y administrativos desde el 1 de septiembre de 2013, realizándose el cese en los centros de procedencia con efectos de 31 de agosto de 2013.

Cuarto.– Quedarán sin efecto los destinos erróneamente adjudicados a los maestros y maestras que no cumplan los requisitos exigidos para la participación en esta convocatoria de concurso de traslados, sin que el hecho de aparecer en los anexos correspondientes a esta Orden, e incluso el que se lleve a efecto la toma de posesión, prejuzgue el cumplimiento de las exigencias de la convocatoria.

Quinto.– Las plazas obtenidas en la presente Orden son irrenunciables. No obstante, cuando se participe simultáneamente por distintos cuerpos docentes y se obtenga destino en más de uno, se deberá optar por aquel en que desea permanecer en activo en el curso escolar 2013-2014, en el plazo de diez días naturales siguientes a la publicación de la Orden de adjudicación definitiva de destinos en el BOPV. De no realizarse dicha opción, se deberá tomar posesión en el puesto obtenido correspondiente al cuerpo desde el que se ha participado en situación de servicio activo. Las plazas o puestos a los que no se opte tendrán la consideración de vacantes desiertas y se cubrirán reglamentariamente en la forma que determinen las Administraciones educativas.

Sexto.– Los maestros y maestras participantes en este concurso de traslados que hayan presentado documentación original para la acreditación de los méritos alegados, podrán retirarla por sí o por persona debidamente autorizada en la Delegación Territorial de Educación a través de la cual hayan concursado, concluido el plazo de dos meses para la interposición del recurso contencioso-administrativo contra la presente Orden.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.– La presente Orden entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Segunda.– Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 29 de abril de 2013.

La Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura,

CRISTINA URIARTE TOLEDO.


Análisis documental