N.º 78, miércoles 24 de abril de 2013
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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO MERCANTIL N.º 1 DE BILBAO
1956
EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 886/11.
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao (Bizkaia).
Juicio: proc. ordinario 886/11.
Demandante: Central de Comercialización de Productos Agrícolas El Mirador, S.A.
Abogado: Andoni Elejoste De La Quintana.
Procurador: Rafael Eguidazu Buerba.
Demandado: Agrupalau, S.L. y Manuel Diaz Touson.
Sobre: derecho mercantil (otras cuestiones).
En el referido juicio se ha dictado sentencia cuyo fallo es el siguiente:
FALLO
Debo estimar y estimo íntegramente la demanda referida en el encabezamiento de esta resolución, y, en su consecuencia, condeno a la parte demandada A que abone (solidariamente) a la demandante la suma de 24.621,57 euros más los intereses legales correspondientes de la L. 3/2004, así como al pago de las costas procesales.
En atención al desconocimiento del actual domicilio de la parte demandada Agrupalau, S.L. y Manuel Diaz Touson y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.
Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.
En Bilbao (Bizkaia), a 18 de diciembre de 2012.
EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.