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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 77, martes 23 de abril de 2013


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE, PLANIFICACIÓN TERRITORIAL, AGRICULTURA Y PESCA
1928

RESOLUCIÓN de 29 de junio de 2012, de la Directora de Innovación e Industrias Alimentarias, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas a la inversión en infraestructuras ligadas a energías renovables en el sector agrario y silvícola de la CAPV, correspondiente al ejercicio 2012.

Vistas las solicitudes de ayuda presentadas para acogerse a las ayudas a la inversión en infraestructuras ligadas a energías renovables en el sector agrario y silvícola de la Comunidad Autónoma del País Vasco, previstas en el Decreto 302/2010, de 16 de noviembre, y convocadas mediante la Orden de 31 de enero de 2012, de la Consejera de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca.

Considerando que, entre otras cuestiones, los Reglamentos Comunitarios (CE) n.º 1290/2005, del Consejo, de 21 de junio, y 1698/2005, del Consejo, de 20 de septiembre, establecen el fondo FEADER y las ayudas comunitarias a favor de un desarrollo rural, entre las que se encuentran las ayudas a las infraestructuras ligadas a energías renovables en el sector agrario y silvícola establecidas en el Decreto 302/2010, de 16 de noviembre, y convocadas mediante la Orden de 31 de enero de 2012, de la Consejera de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca.

Considerando que conforme a los anteriormente citados Reglamentos comunitarios corresponde al Fondo Comunitario FEADER la financiación comunitaria.

Considerando que, de conformidad con el Decreto 194/2006, de 3 de octubre, corresponde al Organismo Pagador de la Comunidad Autónoma de Euskadi, como único organismo autorizado, el pago de las ayudas financiadas con cargo al fondo comunitario FEADER.

Considerando que la Comisión de Valoración ha emitido una propuesta para cuya elaboración ha tenido en cuenta los criterios de valoración establecidos en el artículo 13 del Decreto 302/2010, de 16 de noviembre, de ayudas a la inversión en infraestructuras ligadas a energías renovables en el sector agrario y silvícola.

Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto

RESUELVO:

Primero.– Conceder a los solicitantes que se relacionan en el anexo I de la presente Resolución las ayudas, correspondientes al ejercicio 2012, para infraestructuras ligadas a energías renovables en el sector agrario y silvícola según lo recogido en Decreto 302/2010, de 16 de noviembre. Se especifican en el citado anexo, el importe de la inversión o gasto subvencionable y la cantidad subvencionada como ayuda directa, siendo que la cuantía total financiada con cargo a los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Euskadi asciende a 220.083,20 euros.

Segundo.– Reconocer a los solicitantes que se relacionan en el anexo II de la presente Resolución, el derecho a las subvenciones, correspondientes al ejercicio 2012, para la realización de las infraestructuras ligadas a energías renovables en el sector agrario y silvícola según lo recogido en el Decreto 302/2010, de 16 de noviembre. Se especifican en el citado anexo, el importe del gasto elegible y la cantidad subvencionada como ayuda directa, siendo que la cuantía total financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) asciende a 123.796,80 euros.

El plazo máximo de ejecución de las inversiones y gastos será el 31 de diciembre de 2012.

Tercero.– El pago de las ayudas se realizará según lo dispuesto en el artículo 6 de la Orden de 31 de enero de 2012, de ayudas a las infraestructuras ligadas a energías renovables en el sector agrario y silvícola.

El pago de estas ayudas se llevará a cabo a través del Organismo Pagador de la Comunidad Autónoma del País Vasco en aplicación del Decreto 194/2006, de 3 de octubre.

Cuarto.– Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Viceconsejero de Pesca e Industrias Alimentarias, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En Vitoria-Gasteiz, a 29 de junio de 2012.

La Directora de Innovación e Industrias Alimentarias,

AMAIA BARRENA TELLERIA.

(Véase el .PDF)

Análisis documental