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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 52, jueves 14 de marzo de 2013


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 5 DE BILBAO
1370

EDICTO dimanante del procedimiento n.º 198/12 seguido sobre modificación de medidas definitivas.

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento mod. med. defin. L2 198/12 seguido en el Juzgado de Primera Instancia n.º 5 de Bilbao (Bizkaia), a instancia de Maria Carmen Oliveira Santos contra Juan Carlos Vazquez Sierra sobre Medidas Derivadas de Separación o Divorcio, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA N.º 102/13

Juez que la dicta: D. Francisco Javier Osa Fernandez.

Lugar: Bilbao (Bizkaia).

Fecha: veintiuno de febrero de dos mil trece.

Parte demandante: Maria Carmen Oliveira Santos.

Abogado.

Procurador: Jose Manuel Lopez Martinez.

Parte demandada: Juan Carlos Vazquez Sierra.

Abogado.

Procurador.

Objeto del juicio: modificación de medidas.

FALLO

Estimo parcialmente la demanda formulada por Dña. María Carmen Oliveira Santos contra D. Juan Carlos Vázquez Sierra, sobre modificación de medidas, y acuerdo modificar las medidas definitivas señaladas en el convenio regulador de 23-09-2002, aprobado en sentencia de divorcio de 28-10-2002 dictada en los autos de divorcio de mutuo acuerdo n.º 558/02 de este mismo Juzgado, en lo relativo a los siguientes extremos:

1.– Se atribuye a la madre de la guarda y custodia del hijo menor, ejerciendo asimismo la madre en exclusiva la patria potestad sobre el hijo menor.

2.– El padre podrá comunicar y estar en compañía del hijo en la forma que padre e hijo libremente tengan por conveniente, respetando en cualquier caso la voluntad del menor.

3.– El padre abonará a la madre 195 euros mensuales como alimentos para el hijo y con efectos desde el mes de marzo próximo, cantidad que deberá ingresar dentro de los cinco primeros días de cada mes en la cuenta bancaria designada por la actora y que el obligado al pago deberá actualizar anualmente sin necesidad de requerimiento alguno con efectos de primero de enero de cada año con arreglo al IPC que publique el Instituto Nacional de Estadística u organismo que le sustituya tomando como base el año natural anterior, debiendo proceder a la primera actualización con efectos de primero de enero de 2014, adoptándose las medidas legales oportunas en caso de incumplimiento.

No se hace expresa imposición de las costas procesales devengadas en la tramitación del presente procedimiento.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia (artículo 455 LECn). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos impugnados (artículo 458.2 LECn).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el grupo Banesto (Banco Español de Crédito) con el número 4709, indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un «Recurso» código 02-Apelación. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (disposición adicional 15.ª de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Juan Carlos Vazquez Sierra, extiendo y firmo la presente en Bilbao (Bizkaia), a veintiuno de febrero de dos mil trece.

EL/LA SECRETARIO.


Análisis documental