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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 41, miércoles 27 de febrero de 2013


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y JUSTICIA
DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y CULTURA
1107

DECRETO 153/2013, de 12 de febrero, por el que se reconoce como de utilidad pública a la Asociación Amigos del Arte «AmiArte».

El artículo 42 de la Ley 7/2007, de 22 de junio, de Asociaciones de Euskadi, establece que podrán ser reconocidas como de utilidad pública, las asociaciones inscritas en el Registro General de Asociaciones del País Vasco, que contribuyan mediante el desarrollo de sus actividades, a la consecución del interés general o del bien común realizando de manera significativa los valores de generosidad, altruismo, solidaridad y pluralismo.

A su amparo, la Asociación Amigos del Arte «AmiArte» ha solicitado la declaración mencionada, por entender que las actividades que desarrolla en el ámbito de la exclusión social la hacen merecedora del reconocimiento como entidad de utilidad pública.

La Asociación solicitante es una entidad constituida el 19 de octubre de 1982 e inscrita en virtud de la Resolución de 12 de enero de 1982 del Gobierno Civil de Bizkaia.

Figura inscrita en el Registro General de Asociaciones del País Vasco con el número de registro AS.R.P.B.01477.

El ámbito territorial en el que desarrolla sus funciones principalmente comprende la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Desde su constitución, la Asociación Amigos del Arte «AmiArte» realiza todas las actividades precisas para la consecución de su fin principal que es promover, desarrollar y divulgar la creación artística en todos sus ámbitos y dimensiones como forma de prevención, tratamiento e integración social de las personas en situación de exclusión social.

Todas son actividades ampliamente reconocidas por la sociedad como de interés general.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.2 de la citada Ley 7/2007, de 22 de junio, la declaración de utilidad pública se realizará mediante Decreto acordado en Consejo de Gobierno, a propuesta de los Departamentos que corresponda en función de la materia y, en todo caso, del departamento competente en materia de justicia, el cual tramitará el procedimiento y dirimirá cuantas cuestiones pudieran surgir en él. En cumplimiento de dicho mandato, se ha instruido el oportuno expediente, habiéndose incorporado al mismo los informes emitidos por los Departamentos e instituciones requeridos al efecto, en los que manifiestan su parecer favorable a la declaración de Asociación Amigos del Arte «AmiArte» como entidad de utilidad pública.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Administración Pública y Justicia, del Consejero de Empleo y Políticas Sociales y de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, vistos los informes emitidos por los entes y organizaciones interesados, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión celebrada el día 12 de febrero de 2013,

DISPONGO:

Artículo único.– Declarar de utilidad pública a la Asociación Amigos del Arte «AmiArte», inscrita con el número de registro AS.R.P.B.01477en el Registro General de Asociaciones del País Vasco, por considerar que contribuye a la promoción del interés general mediante el desarrollo de sus actividades.

Asímismo, se le reconocen los derechos inherentes a esta declaración previstos en el artículo 43 de la Ley 7/2007, de 22 de junio, de Asociaciones de Euskadi.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 12 de febrero de 2013.

El Lehendakari,

IÑIGO URKULLU RENTERIA.

El Consejero de Administración Pública y Justicia,

JOSU IÑAKI ERCORECA GERVASIO.

El Consejero de Empleo y Políticas Sociales,

JUAN MARÍA ABURTO RIQUE.

La Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura,

CRISTINA URIARTE TOLEDO.


Análisis documental