
N.º 14, lunes 21 de enero de 2013
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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 6 DE VITORIA-GASTEIZ
392
EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 923/11 seguido sobre responsabilidad civil.
Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Vitoria-Gasteiz.
Juicio: pro. ordinario L2 923/11.
Demandante: Maria Hernandez Claveria y Jose Maria Berrio Gracia.
Abogado.
Procurador: Mendoza y Mendoza.
Demandado: Lupu Oleg y Cia. de Seguros Groupama.
Sobre: reclamación de cantidad.
En el referido juicio se ha dictado (29-11-2012) sentencia, cuyo fallo es el siguiente:
Que, desestimando la demanda interpuesta por doña María Hernández Clavería y don José María Berrío Gracia, representados por la Procuradora señora Mendoza Abajo, debo absolver, y absuelvo a la aseguradora Grupama Plus Ultra, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., y a don Lupu Oleg, de las pretensiones contra ellos ejercitadas en este procedimiento.
Todo ello condenando a los actores al pago de las costas procesales de esta primera instancia.
Así, por ésta, mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D./D.ª Lupu Oleg y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.
Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.
En Vitoria-Gasteiz, a 30 de noviembre de 2012.
EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.
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