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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 1, miércoles 2 de enero de 2013


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 3 DE TOLOSA
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EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 552/11.

Unidad Procesal de Apoyo Directo de Primera Instancia e Instrucción n.º 3 de Tolosa.

Juicio: pro. ordinario L2 552/11.

Demandante: Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Guipuzcoa y San Sebastián – Kutxa.

Abogado: M.ª Antonia de Celis Arrastoa.

Procurador: Navajas.

Demandado: Arlindo Paulo Soares Marques y Paulo Manuel Freitas Soares.

Sobre: juicio ordinario.

En el referido juicio se ha dictado 21-09-2012 sentencia y el 04-10-2012 auto aclaratorio cuyos fallo y parte dispositiva respectivamente es la siguiente:

FALLO SENTENCIA:

Estimar la demanda interpuesta por la representación de Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Guipúzcoa y San Sebastián-Gipuzkoa eta Donostiako Aurrezki Kutxa contra Arlindo Paulo Soares Marqués y Paulo Manuel Freitas Soares, debo condenar a éstos a que pagues al actor, solidariamente, la suma de 21.024,81 euros, más sus intereses legales, al tipo pactado, desde el día 12 de octubre de 2011, día siguiente al cierre de las cuentas cuyo saldo deudor

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Gipuzkoa (artículo 455 LECn). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos impugnados (artículo 458.2 LECn).

PARTE DISPOSITIVA DEL AUTO

1.– Se acuerda aclarar la sentencia dictada en el presente procedimiento con fecha 21 de septiembre de 2012.

2.– La referida resolución queda definitivamente redactada en el particular señalado en los antecedentes, de la siguiente forma: En la parte dispositiva de la misma debe incluirse: «Todo ello, con expresa condena en costas a la parte demandada».

Incorpórese esta resolución al sentencias y llévese testimonio a los autos principales.

Modo impugnación:

Contra el presente auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que proceden, en su caso, contra la resolución originaria que ya quedaron indicados al ser notificada (artículo 214.4 LECn).

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Arlindo Paulo Soares Marques y Paulo Manuel Freitas Soares y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Los textos completos de las resoluciones que se notifican están a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.

En Tolosa (Gipuzkoa), a 19 de octubre de 2012.

EL SECRETARIO JUDICIAL.


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