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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 251, viernes 28 de diciembre de 2012


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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 5 DE DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN
5927

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 1320/11.

Juzgado de Primera Instancia n.º 5 de Donostia-San Sebastián.

Juicio: pro. ordinario L2 1320/11.

Demandante: Comunidad de Propietarios de Calle Amezketa número 11.

Abogado: San Miguel Llorente M.ª Luisa.

Procurador: Marin.

Demandado: Angel Echeverria Fernandez de Barrena.

Sobre: demanda de juicio ordinario.

En el referido juicio se ha dictado en el día de la fecha sentencia cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:

SENTENCIA N.º 217/12

Juez que la dicta: D. Gerardo Antonio Gamarra de Baya.

Lugar: San Sebastián.

Fecha: cuatro de octubre de dos mil doce.

Parte demandante: Comunidad de Propietarios de calle Amezketa numero 11.

Abogado: M.ª Luisa San Miguel Llorente.

Procurador: Isabel Marin Cano.

Parte demandada: Angel Echeverria Fernandez de Barrena.

Abogado.

Procurador.

Objeto del juicio: demanda de juicio ordinario.

FALLO

En virtud de lo expuesto, que estimando plenamente la demanda deducida por la Procuradora Dña. Isabel Marína Cano en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios de Amezketa n.º 11 de San Sebastián debo condenar y condeno a D. Angel Etxeberria Fernandez de Barrena a abonar a la demandante la cantidad de 7.267,29 euros, más los intereses legales y costas del presente procedimiento.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Angel Echeverria Fernandez de Barrena y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Gipuzkoa (artículo 455 LECn). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos impugnados (artículo 458.2 LECn).

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.

En San Sebastián, a 4 de octubre de 2012.

LA SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental