N.º 251, viernes 28 de diciembre de 2012
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES E INVESTIGACIÓN
5923
RESOLUCIÓN de 5 de diciembre de 2012, de la Viceconsejera de Administración y Servicios del Departamento de Educación, Universidades e Investigación, por la que se da publicidad a la concesión de ayudas a los Centros docentes privados concertados para la realización de obras de accesibilidad para la correcta escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales, en aplicación de la Orden de 4 de julio de 2012, de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación (Irisgarri-2012).
Vista la Orden de 4 de julio de 2012, de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, por la que se convocan ayudas a los Centros docentes privados concertados para la realización de obras de accesibilidad para la correcta escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales, de acuerdo con la Ley 20/1997, de 4 de diciembre, para la Promoción de la Accesibilidad.
Vistas, así mismo, las solicitudes presentadas, los informes de evaluación, los criterios de adjudicación señalados en el artículo 10 de la Orden de 4 de julio de 2012 y la propuesta de resolución elevada por la Comisión de Valoración formada de acuerdo con el artículo 9 de la misma Orden.
RESUELVO:
Primero.– Conceder ayudas para la financiación de gastos de inversión destinados a la realización de obras de accesibilidad para la correcta escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales, a los Centros docentes concertados y por los importes que se mencionan en el anexo I de la presente Resolución.
Segundo.– Los Centros beneficiarios de ayudas, percibirán la cantidad adjudicada de acuerdo con el artículo 15 de la Orden de 4 de julio de 2012.
Tercero.– Denegar las subvenciones a los Centros que se relacionan en el anexo II, por no adecuarse a los requisitos de la convocatoria recogidos en la Orden de 4 de julio de 2012.
DISPOSICIÓN FINAL
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Educación, Universidades e Investigación en el plazo de un mes contado a partir de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 y siguientes de la Ley 30/1992.
En Vitoria-Gasteiz, a 5 de diciembre de 2012
La Viceconsejera de Administración y Servicios,
MARÍA SOLEDAD ESTEBAN GALARZA.