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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 228, lunes 26 de noviembre de 2012


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE INTERIOR, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
5188

RESOLUCIÓN de 25 de septiembre de 2012, de la Directora de Atención a las Víctimas de la Violencia de Género, por la que se resuelve y hace pública la concesión de las ayudas previstas para la realización de la edición del Master Universitario Oficial en Intervención en Violencia contra las Mujeres.

Mediante Orden de 29 de mayo de 2012, del Consejero de Interior (BOPV n.º 121, de 21 de junio de 2012), se convocaron ayudas para la realización del Master Universitario Oficial en Intervención en Violencia contra las Mujeres. El artículo 13 de la citada Orden establece que «las solicitudes serán evaluadas sobre la base de los criterios de adjudicación por la Comisión de selección, que elevará su propuesta a la Directora de Atención a las Víctimas de la Violencia de Género. Ésta dictará resolución expresa que, poniendo fin al proceso concursal iniciado recogerá las subvenciones concedidas y denegadas. La resolución adoptada será notificada individualmente a las personas solicitantes. Asimismo, a efectos de general conocimiento, la relación de las subvenciones concedidas será publicada en el Boletín Oficial del País Vasco».

Por todo lo expuesto, y considerada la propuesta de la Comisión de selección,

RESUELVO:

Primero.– Conceder las ayudas para la realización del Master Universitario Oficial en Intervención en Violencia contra las Mujeres a las personas que se relacionan en el anexo, por los importes individuales que en el mismo se señalan.

Segundo.– El pago de la subvención será fraccionado, abonándose el ochenta por ciento de la subvención en el momento en que se dicte la resolución de concesión, y el segundo pago por el veinte por ciento restante, una vez remitido por la Universidad de Deusto el informe de seguimiento de la asistencia y aprovechamiento académico de las personas beneficiarias de las ayudas correspondiente al primer semestre del curso académico. Todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la Orden de 29 de mayo de 2012, del Consejero de Interior.

Tercero.– Disponer la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco de la presente Resolución.

Cuarto.– La presente Resolución no pone fin a la vía administrativa y, contra la misma, podrán las personas interesadas interponer recurso de alzada ante la Consejera de Interior, Justicia y Administración Pública en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación, de conformidad con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En Bilbao, a 25 de septiembre de 2012.

La Directora de Atención a las Víctimas de Violencia de Género,

MARIOLA SERRANO ARGÜESO.

(Véase el .PDF)

Análisis documental