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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 177, martes 11 de septiembre de 2012


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
4084

ORDEN de 18 de abril de 2012, de la Consejera de Justicia y Administración pública, por la que se aprueba y se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de los artículos 8 y 12 de los estatutos de la «Fundación Instituto Internacional de Sociología Jurídica de Oñati».

Visto y examinado el expediente de solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, sobre la base de los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.– El 12 de abril de 2012 tuvo entrada en el Departamento de Justicia y Administración Pública, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la modificación de los artículos 8 y 12 de los estatutos de la «Fundación Instituto Internacional de Sociología Jurídica de Oñati». Al escrito de solicitud se adjuntaron sendas copias autorizadas de la escritura pública otorgada ante la notario de Oñati, doña Mercedes Hernáiz Gómez-Dégano el día 27 de marzo de 2012, bajo su número de protocolo 253. Dicho título incorpora el acuerdo adoptado por el Patronato de la Fundación el día 22 de septiembre de 2011, relativo a la modificación referida.

Segundo.– El expediente ha sido examinado por los Servicios Técnicos del Registro de Fundaciones del País Vasco que, a su vista, han elevado propuesta de resolución, atendiendo a los siguientes

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero.– Corresponde a la Consejera de Justicia y Administración Pública dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1 del Decreto 101/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, artículo 4.1.a) del Decreto 100/2007, de 19 de junio, que aprueba el Reglamento del Protectorado de Fundaciones del País Vasco, artículo 9.1.e) del Decreto 4/2009, de 8 de mayo, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos y el artículo 4.1 del Decreto 472/2009, de 28 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Justicia y Administración Pública.

Segundo.– Al presente expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos previstos en el artículo 31 de la Ley 12/1994, de 17 de junio, de Fundaciones del País Vasco, así como en el artículo 44 del Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, aprobado por el Decreto 101/2007, de 19 de junio, ajustándose la modificación estatutaria practicada a las previsiones legales y reglamentarias que devienen de aplicación.

Vistos los preceptos citados y demás normas de general aplicación,

RESUELVO:

Primero.– Aprobar la modificación de los artículos 8 y 12 de los estatutos de la «Fundación Instituto Internacional de Sociología Jurídica de Oñati», de Oñati (Gipuzkoa).

Segundo.– Ordenar la inscripción de dicha modificación estatutaria de la Fundación, con la fecha de la presente Orden, en los términos previstos en la escritura pública otorgada el 27 de marzo de 2012, ante la notaria de Oñati, doña Mercedes Hernáiz Gómez-Dégano (n.º de protocolo: 253).

Tercero.– Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y remitir la misma a los interesados.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante esta Consejera de Justicia y Administración Pública, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, o recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 18 de abril de 2012

La Consejera de Justicia y Administración Pública,

Idoia Mendia Cueva.


Análisis documental