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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 152, lunes 6 de agosto de 2012


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 3 DE BILBAO
3611

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 1330/11.

Juzgado de Primera Instancia n.º 3 (Bilbao).

Juicio pro. ordinario L2 1330/11.

Parte demandante: Agricola Castelao, S.L.

Parte demandada: Circo Deros, S.L.

Sobre: juicio ordinario.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

SENTENCIA N.º 51/12

Juez que la dicta: D.ª Maria Pilar Suarez De Frutos.

Lugar: Bilbao (Bizkaia).

Fecha: treinta de abril de dos mil doce.

Parte demandante: Agricola Castelao, S.L.

Abogado.

Procurador: M Jesus Arteaga Gonzalez.

Parte demandada: Circo Deros, S.L.

Abogado.

Procurador.

Objeto del juicio: juicio ordinario.

Vistos por mí, D.ª María del Pilar Suárez De Frutos, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia n.º:3 de Bilbao y su partido, los presentes autos de Juicio Ordinario N.º:1.330/11, seguidos en este Juzgado, entre partes, de una, como demandante, la entidad Agricola Castelao, S.L., representada por la Procuradora D.ª María Jesús Arteaga González y asistida del Letrado D. Francisco Pereda, en sustitución del Letrado D. Victorino Fuente Martínez, y de otra, como demandada, la entidad Circo Deros, S.L. declarada en Rebeldía, sobre acción de cumplimiento de contrato y reclamación de cantidad.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación.

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora D.ª María Jesús Arteaga González, en nombre y representación de la entidad Agricola Castelao, S.L., frente a la empresarial demandada Circo Deros, S.L., debo condenar y condeno a la mercantil demandada Circo Deros, S.L. a entregar a la demandante Agricola Castelao, S.L. toda la documentación necesaria para que pueda procederse al cambio de titularidad del tractor Same, modelo Laser 110, matrícula CU-46250-VE, a nombre de la actora (copia del D.N.I. del titular anterior a la empresa demandada o de sus herederos, el Permiso de Circulación, el documento de transferencia a la mercantil demandada firmado por el anterior titular y por la empresarial demandada, la factura y los demás documentos necesarios firmados por la entidad demandada) y a abonar a la entidad actora Agricola Castelao, S.L., la cantidad de cinco mil doscientos sesenta y seis euros con sesenta y cuatro céntimos (5.266,64), más un interés anual igual al del interés legal del dinero incrementado en dos puntos desde la fecha de la demanda hasta su completo pago y al abono de las costas causadas en el presente procedimiento.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia (artículo 455 LECn). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos impugnados (artículo 458.2 LECn).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el grupo Banesto (Banco Español de Crédito) con el número 4707 0000 00 1330 11, indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un «Recurso» código 02-Apelación. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (disposición adicional 15.ª de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Así por esta Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de dicho/a demandado/a, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado la publicación del presente edicto en el BOPV para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia.

En Bilbao (Bizkaia), a 2 de mayo 2012.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.


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