
N.º 49, jueves 8 de marzo de 2012
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OTRAS DISPOSICIONES
Justicia y Administración Pública
Empleo y Asuntos Sociales
1111
DECRETO 31/2012, de 28 de febrero, por el que se reconoce como de utilidad pública a la Asociación de Padres, Madres y Amigos de las personas sordas de Álava «Aspasor».
El artículo 42 de la Ley 7/2007, de 22 de junio, de Asociaciones de Euskadi, establece que podrán ser reconocidas como de Utilidad Pública, las asociaciones inscritas en el Registro General de Asociaciones del País Vasco, que contribuyan mediante el desarrollo de sus actividades, a la consecución del interés general o del bien común realizando de manera significativa los valores de generosidad, altruismo, solidaridad y pluralismo.
A su amparo, la Asociación de Padres, Madres y Amigos de las personas sordas de Álava «Aspasor» ha solicitado la declaración mencionada, por entender que las actividades que desarrolla en el ámbito de la exclusión social la hacen merecedora del reconocimiento como entidad de Utilidad Pública.
La Asociación solicitante es una entidad constituida en el año 1977 e inscrita en virtud de la Resolución del Gobernador Civil de Álava de fecha 27 de octubre de 1977. Figura inscrita en el Registro General de Asociaciones del País Vasco con el número de registro AS.R.P.A.00233.
El ámbito territorial en el que desarrolla sus funciones principalmente comprende el Territorio Histórico de Álava.
Desde su constitución, la Asociación de Padres, Madres y Amigos de las personas sordas de Álava «Aspasor» realiza todas las actividades precisas para la consecución de su fin principal que es promover la integración en todos los ámbitos de las personas con discapacidad auditiva grave.
Todas las actividades que realiza son ampliamente reconocidas por la sociedad como de interés general.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.2 de la citada Ley 7/2007, la declaración de Utilidad Pública se realizará mediante Decreto acordado en Consejo de Gobierno, a propuesta de los Departamentos que corresponda en función de la materia y, en todo caso, del departamento competente en materia de justicia, el cual tramitará el procedimiento y dirimirá cuantas cuestiones pudieran surgir en él. En cumplimiento de dicho mandato, se ha instruido el oportuno expediente, habiéndose incorporado al mismo el informe emitido por el Departamento e instituciones requeridos al efecto.
En su virtud, a propuesta de las Consejeras de Justicia y Administración Pública y de Empleo y Asuntos Sociales, vistos los informes emitidos por los entes y organizaciones interesados, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión celebrada el día 28 de febrero de 2012,
DISPONGO:
Artículo único.- Declarar de utilidad pública a la Asociación de Padres, Madres y Amigos de las personas sordas de Álava «Aspasor» inscrita con el número de registro AS.R.P.A.00233 en el Registro General de Asociaciones del País Vasco, por considerar que contribuye a la promoción del interés general mediante el desarrollo de sus actividades.
Así mismo, se le reconocen los derechos inherentes a esta declaración previstos en el artículo 43 de la Ley 7/2007, de 22 de junio, de Asociaciones de Euskadi.
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 28 de febrero de 2012.
El Lehendakari,
FRANCISCO JAVIER LÓPEZ ÁLVAREZ.
La Consejera de Justicia y Administración Pública,
IDOIA MENDIA CUEVA.
La Consejera de Empleo y Asuntos Sociales,
MARÍA GEMMA ARÁNZAZU ZABALETA ARETA.
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