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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 44, jueves 1 de marzo de 2012


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Unidad Procesal de Apoyo Directo de Primera Instancia e Instrucción N.º 2 de Irun
996

EDICTO dimanante del juicio de faltas inmediato 39/10.

Dña. Elena Fernandez Uriya Secretario del UPAD de 1.ª Instancia e Instrucción n.º 2 de Irun.

Doy fe y testimonio:

Que en el juicio de faltas n.º 39/10 se ha dictado la presente sentencia dice:

SENTENCIA N.º 125/10

El Sr. don Julian García Marcos, Juez Titular del Juzgado de Instrucción número dos de la Ciudad de Irun y su Partido Judicial, en virtud del Poder que le confiere la Constitución Española y en nombre de su Majestad el Rey, ha dictado la presente:

SENTENCIA

En la Ciudad de Irun, a 1 de septiembre de 2010, habiendo visto y oído el presente juicio por faltas rápido n.º 39/2010 sobre presunta falta de hurto, con intervención del Ministerio Fiscal y como implicados Jesús Francisco Martín Carpio, como denunciante y Dimitrij Pristavko y Andrei Pustovalov, como denunciados.

Recayendo la presente en base a los siguientes,

Vistos los preceptos legales invocados, sus concordantes y demás normas aplicables,

FALLO

Que debo condenar y condeno a Dmitirj Pristavko como autor de una falta de hurto, ya definida, a la pena de 8 días de localización permanente y a que indemnice solidariamente junto con Andrei Pustovalov al Centro Comercial Alcampo en la cantidad de 43,98 euros.

Que debo condenar y condeno a Andrei Pustovalov como autor de una falta de hurto, ya definida, a la pena de 8 días de localización permanente y a que indemnice solidariamente junto con Dmitrij Pristavko al Centro Comercial Alcampo en la cantidad de 43,98 euros.

Se imponen a los condenados las costas de este procedimiento.

Contra ésta sentencia cabe interponer, ante éste Juzgado y para ante la Audiencia Provincial de Gipuzcoa, recurso de apelación por escrito razonado dentro del plazo de cinco días siguientes a su notificación.

Así por ésta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a Dmitrij Pristavko y Andrei Pustovalov, actualmente paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de País Vasco, expido la presente en Irun (Gipuzkoa), a veintitrés de diciembre de dos mil once.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental