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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 30, viernes 10 de febrero de 2012


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OTRAS DISPOSICIONES

Justicia y Administración Pública
666

ORDEN de 10 de enero de 2012, de la Consejera de Justicia y Administración Pública, por la que se aprueba y se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación del artículo 2 de los estatutos de la «Fundación Etorkintza».

Visto y examinado el expediente de solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, sobre la base de los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- El 27 de diciembre de 2011 tuvo entrada en el Departamento de Justicia y Administración Pública, solicitud, firmada por doña Salvia Hierro en representación de LA Fundación, de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la modificación del artículo 2 de estatutos de la «Fundación Etorkintza». Al escrito de solicitud se adjuntó copia autorizada, ejemplar por duplicado, de la escritura otorgada ante el notario de Bilbao, don José Antonio Isusi Ezcurdia, el día 12 de diciembre de 2011, bajo su número de protocolo 4541.

Segundo.- El expediente ha sido examinado por los Servicios Técnicos del Registro de Fundaciones del País Vasco que, a su vista, han elevado Propuesta de Resolución, atendiendo a los siguientes

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero.- Corresponde a la Consejera de Justicia y Administración Pública dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1 del Decreto 101/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, artículo 4.1.a) del Decreto 100/2007, de 19 de junio, que aprueba el Reglamento del Protectorado de Fundaciones del País Vasco, artículo 9.1.e) del Decreto 4/2009, de 8 de mayo, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos y el artículo 4.1 del Decreto 472/2009, de 28 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Justicia y Administración Pública.

Segundo.- Al presente expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos previstos en el artículo 31 de la Ley 12/1994, de 17 de junio, de Fundaciones del País Vasco, así como en el artículo 44 del Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, aprobado por el Decreto 101/2007, de 19 de junio, y el artículo 33 del Decreto 100/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado de Fundaciones del País Vasco; ajustándose la modificación estatutaria practicada a las previsiones legales y reglamentarias que devienen de aplicación.

Vistos los preceptos citados y demás normas de general aplicación,

RESUELVO:

Primero.- Aprobar la modificación del artículo 2 de los estatutos de la «Fundación Etorkintza», de Bilbao (Bizkaia).

Segundo.- Ordenar la inscripción de dicha modificación estatutaria de la Fundación, con la fecha de la presente Orden, en los términos previstos en la Escritura pública otorgada el 12 de diciembre de 2011, ante el notario de Bilbao, don José Antonio Isusi Ezcurdia (n.º de protocolo: 4541).

Tercero.- Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y remitir la misma a los interesados.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante esta Consejera de Justicia y Administración Pública, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, o recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 10 de enero de 2012.

La Consejera de Justicia y Administración Pública,

IDOIA MENDIA CUEVA.


Análisis documental