Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 243, lunes 26 de diciembre de 2011


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

Economía y Hacienda
Industria, Innovación, Comercio y Turismo
6214

DECRETO 265/2011, de 13 de diciembre, por el que se autoriza a la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi la toma de participación en la ampliación de capital de la sociedad Ekarpen SPE, S.A.

El Consejo de Administración de la sociedad Ekarpen SPE, S.A. acordó proponer a la Junta General de Accionistas la ampliación del capital social de la sociedad por importe de 20.000.000 de euros (20.000.000).

La Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en su calidad de socio de la sociedad Ekarpen SPE, S.A. tiene el derecho de suscripción preferente de las nuevas acciones, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital.

El artículo 110.1 del Decreto Legislativo 2/2007, de 6 de noviembre, de aprobación del Texto Refundido de la Ley del Patrimonio de Euskadi, dispone que la adquisición de bienes y derechos integrantes del patrimonio empresarial requiere autorización previa del Consejo de Gobierno, por decreto, a propuesta conjunta del consejero o consejera competente en materia de patrimonio y del consejero o consejera del departamento al que, directamente o a través de un ente instrumental, se encuentre o vaya a encontrarse vinculada la sociedad. El decreto será publicado en el boletín Oficial del País Vasco, sin perjuicio de su eficacia desde la fecha en que se dicte.

El decreto que autorice la adquisición de valores representativos de capital, salvo que se trate de adquisición a título gratuito, indicará necesariamente el objeto social y el porcentaje de participación, directa o indirecta, que tendrá la Comunidad Autónoma en la sociedad.

El objeto social de la sociedad Ekarpen SPE, S.A. será la promoción o fomento de empresas mediante la participación temporal en su capital y la realización de las operaciones previstas en el artículo 60.1.b) de la Norma Foral 3/1996, de 26 de junio, del Impuesto sobre Sociedades del Territorio Histórico de Bizkaia.

En su virtud, a propuesta de los Consejeros de Economía y Hacienda y de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión celebrada el día 13 de diciembre de 2011,

DISPONGO:

Artículo 1.- Autorizar a la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi la suscripción de la ampliación del capital social acordada por la Junta General de Accionistas de la sociedad Ekarpen SPE, S.A., por importe de catorce millones de euros (14.000.000), y a su desembolso, que tendrá lugar en las fechas señaladas por la Junta General de Accionistas en el correspondiente Acuerdo de Ampliación de Capital. La participación directa de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi en la sociedad Ekarpen SPE, S.A. será del 43,75%.

Artículo 2.- Se autoriza a los representantes de las acciones titularidad de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi para prestar su conformidad a la modificación de los estatutos sociales de la sociedad Ekarpen SPE S.A. como consecuencia de la ampliación de capital.

Artículo 3.- Facultar al Director de Patrimonio y Contratación para realizar cuantas actuaciones y suscribir cuantos documentos sean necesarios para la ejecución de lo dispuesto en el artículo anterior.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto surtirá efectos el mismo día de su aprobación.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 13 de diciembre de 2011.

El Lehendakari,

FRANCISCO JAVIER LÓPEZ ÁLVAREZ.

El Consejero de Economía y Hacienda,

CARLOS AGUIRRE ARANA.

El Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo,

BERNABÉ UNDA BARTUREN.


Análisis documental