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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 152, jueves 11 de agosto de 2011


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

AUTORIDADES Y PERSONAL

Cultura
3914

RESOLUCIÓN de 5 de julio de 2011, de la Directora del Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua / Basque Institute, por la que se adjudican 10 lectorados de Lengua y Cultura Vasca en diez universidades de Europa y América para los cursos 2011-2012, 2012-2013 y 2013-2014.

La Ley 3/2007, de 20 de abril, de Creación y Regulación del Instituto Vasco Etxepare, en su artículo 4.d) señala que entre sus actividades está la de apoyar el establecimiento de lectorados y actuar como órgano de cooperación y asistencia para los vascólogos y centros extranjeros de investigación.

Por Resolución de 24 de febrero de 2011 de la Directora del Instituto Vasco Etxepare (BOPV de 5 de abril, n.º 66) se abrió la convocatoria para la selección de lectores de Lengua y Cultura Vasca para universidades de fuera del ámbito geográfico del euskara.

Según lo dispuesto en el artículo 8 de dicha convocatoria, el 20 de mayo de 2011 la Comisión de Selección eligió tres personas candidatas para cada universidad.

Posteriormente, el Instituto Vasco Etxepare remitió los curriculums de las tres personas seleccionadas a cada Universidad de destino, la cual procedió a la selección de los candidatos definitivos.

En su virtud, haciendo uso de las facultades que me son concedidas por el Decreto 151/2010, de 1 de junio,

RESUELVO:

Artículo 1.- Adjudicar los lectorados ofertados en la Resolución de 24 de febrero (BOPV de 5 de abril, n.º 66) a las personas que se detallan en el anexo I de la presente Resolución.

Artículo 2.- Excluir de la convocatoria a las personas que se detallan en el anexo II por no cumplir los requisitos exigidos en la convocatoria.

Artículo 3.- Conceder un plazo de diez días hábiles para que las personas que han resultado finalmente seleccionadas (según lo dispuesto en el anexo I de la presente Resolución) remitan a las oficinas del Instituto Vasco Etxepare (c/ Prim, 7; 20006 Donostia-San Sebastián) o por correo electrónico (etxepare@etxepare.net) su aceptación de la condición de lector de Lengua y Cultura Vasca en la Universidad de destino (ver anexo IV), de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12 de la Resolución de 24 de febrero de 2011 (BOPV de 5 de abril, n.º 66).

Artículo 4.- Las personas seleccionadas no podrán renunciar a la plaza de lector o lectora antes de que finalice el curso correspondiente, a menos que a juicio del Instituto Vasco Etxepare haya razones de fuerza mayor que lo justifiquen.

Se publica la relación de las personas candidatas en situación de reserva en el anexo III, para los casos de renuncia o vacante de la persona definitivamente seleccionada, que según el orden de prelación establecido en dichas listas, vendrán a sustituirlas en la Universidad de destino, previa aceptación y, en su caso, entrevista con la persona interesada.

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de reposición ante la Directora del Instituto Vasco Etxepare en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, según lo establecido por el artículo 114 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre.

En Donostia-San Sebastián, a 5 de julio de 2011.

La Directoria del Instituto Vasco Etxepare,

MARÍA AITZPEA GOENAGA MENDIOLA.

(Véase el .PDF)


Análisis documental