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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 139, jueves 21 de julio de 2011


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Unidad Procesal de Apoyo Directo de Primera Instancia e Instrucción N.º 2 de Irun
3683

EDICTO dimanante del juicio de faltas inmediato n.º 35/10.

Doña Elena Fernandez Uriya, Secretario de 1.ª Instancia e Instrucción n.º 2 de Irun, Unidad Procesal de Apoyo Directo,

Doy fe y testimonio:

Que en el j. falta inmedia. 35/10 se ha dictado auto, del tenor literal siguiente.

«AUTO

Juez que lo dicta: D. Julian Garcia Marcos.

Lugar: Irun (Gipuzkoa).

Fecha: diez de enero de dos mil once.

HECHOS

Único.- En el presente juicio de faltas se ha dictado sentencia por la que se ha condenado a Fabiola Cortes Duque a la pena de 8 días de localización permanente, además de las costas causadas en este procedimiento, la cual ha sido notificada a las partes, sin que transcurrido el plazo legal, se haya interpuesto recurso contra la misma.

También ha sido notificada a los ofendidos y perjudicados no comparecidos en el juicio sin que tampoco la hayan impugnado.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Único.- Establece el artículo 141 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que son sentencias firmes aquellas contra las que no cabe recurso alguno, ordinario ni extraordinario, disponiendo el artículo 988 de la misma ley procesal que cuando una sentencia sea firme, se declarará así por el Juez o Tribunal que la hubiere dictado.

Por todo lo expuesto procede, en el presente caso, declarar que la sentencia dictada ha devenido firme con fecha de 17 de noviembre de 2010.

PARTE DISPOSITIVA

1.- Se declara que la sentencia dictada en este juicio de faltas ha devenido firme con fecha de 17 de noviembre de 2010, haciéndose las anotaciones oportunas en los libros registro de este Juzgado.

2.- Comuníquese la presente resolución al Servicio Común de Ejecución de Irun.

3.- Se acuerda el archivo de las actuaciones.

Póngase esta resolución en conocimiento del Ministerio Fiscal y demás partes personadas, previniéndoles que contra la misma podrán interponer, ante este Juzgado, recurso de reforma en el plazo de tres días.

Lo acuerda y firma S. S.ª. Doy fe».

Y para que conste y sirva de notificación a Fabiola Cortes Duque, expido el presente en Irun (Gipuzkoa), a veintitrés de mayo de dos mil once.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental