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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 69, viernes 8 de abril de 2011


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 1 de Barakaldo
2027

EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 643/10 seguido sobre reclamación de rentas.

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento juicio verbal L2 643/10 seguido en el Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Barakaldo (Bizkaia) a instancia de Dolores Gorostiza Zuazua contra Henry Benavides Villegas e Ingrid Amelia Delgado Arango sobre reclamación de rentas, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA N.º 861/10

Juez que la dicta: D.ª Isabel Maria Odriozola Trueba.

Lugar: Barakaldo (Bizkaia).

Fecha: diecisiete de noviembre de dos mil diez.

NIG: 48.02.2-10/005545.

Procedimiento: juicio verbal L2 643/10.

Parte demandante: Dolores Gorostiza Zuazua.

Abogado: Maria Antonia Fernández Herrero.

Procurador: Jesús Maria Martínez Rivero.

Parte demandada: Henry Benavides Villegas e Ingrid Amelia Delgado Arango.

Abogado.

Procurador.

Objeto del juicio: reclamación de rentas.

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Martínez Rivero, en representación de D.ª Dolores Gorostiza Zuazua debo condenar a D. Henry Benavides Villegas y frente a D.ª Ingrid Amelia Delgado Arango al abono de 4.861,22 euros en concepto de rentas impagadas, así como 2.497,71 euros en concepto de intereses pactados devengados a fecha de juicio, cantidad que devengará el interés pactado más los intereses moratorios ordinarios legalmente previstos desde la fecha de la demanda en cuanto a las rentas.

Se imponen a la parte demandada las costas causadas.

Para interponer el recurso será necesario constituir un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el Banesto con el número 4680 0000 03 0643 10, consignación que deberá ser acreditada al preparar el recurso (disposición adicional 15.ª LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia (artículo 455 LEC). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC).

Así por esta mi Sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Ingrid Amelia Delgado Arango, extiendo y firmo la presente en Barakaldo (Bizkaia), a diecinueve de noviembre de dos mil diez.

EL/LA SECRETARIO.


Análisis documental