
N.º 67, miércoles 6 de abril de 2011
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Otras Disposiciones
Osakidetza-Servicio Vasco de Salud
1981
RESOLUCIÓN 192/2011, de 4 de febrero, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por delegación del Consejo de Administración del Ente Público, por la que se aprueban los puntos tratados en la Comisión de fecha 29 de diciembre, referente a las ayudas destinadas a las Corporaciones Locales, para la construcción ampliación, reforma y reparación de centros de salud, asi como para la dotación de mobiliario.
Por Acuerdo de 4 de febrero de 2009, del Consejo de Administración del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, fue aprobada la convocatoria y bases reguladoras del año 2009 para la concesión de ayudas a Corporaciones Locales.
Con fecha 29 de diciembre de 2010, la comisión nombrada al efecto, una vez examinada la documentación y en aprobación de la correspondiente propuesta elevada en su día, de conformidad con las bases quinta y séptima de las convocatorias y en cumplimiento de la delegación recibida del Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
RESUELVO:
Primero.- Aprobar la solicitud de ampliación de plazo para la aportación de la documentación para el pago de las ayudas presentadas por los Ayuntamientos de Anoeta, Barrundia, Berriatua, Berrobi, Meñaka y Valdegovía.
Segundo.- Reasignar al Ayuntamiento de Fruiz, para construcción del nuevo consultorio médico, la cantidad de 7.100 euros, por la anulación de las cantidades concedidas a los Ayuntamientos de Ribera Alta y Lanciego.
Tercero.- Notificar la presente Resolución a los ayuntamientos interesados.
Cuarto.- Ordenar la publicación de la presente Resolución en el BOPV.
Quinto.- Remitir a la Corporación Local adjudicataria el correspondiente documento de aceptación, que deberán devolver debidamente cumplimentado en el plazo de 15 días a contar desde su notificación.
«Contra la presente Resolución, que es definitiva, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud, en el plazo de un mes a partir de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, según redacción de Ley 4/1999, de 13 de enero. Todo ello sin perjuicio de la posibilidad de acceso directo a la vía contencioso-administrativa».
En Vitoria-Gasteiz, a 4 de febrero de 2011.
El Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud,
JULIÁN PÉREZ GIL.
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