
N.º 67, miércoles 6 de abril de 2011
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Otras Disposiciones
Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca
1979
ORDEN de 18 de marzo de 2011, de la Consejera de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca, por la que se da publicidad a la designación internacional del Geoparque de la Costa Vasca, y su incorporación en la Red Europea de Geoparques y en la Red Mundial de Geoparques Nacionales ayudada por la Unesco.
En octubre de 2010 se acordó por instancias internacionales la designación del Geoparque de la Costa Vasca y su incorporación como miembro de la Red Europea de Geoparques, así como de la. Red Mundial de Geoparques Nacionales ayudada por la Unesco.
Esta Red Europea de Geoparques se ha desarrollado y consolidado desde su creación en el año 2000, y está compuesta por 42 geoparques en 15 países. En 2001 esta Red firmó un acuerdo con la División de Ciencias de la Tierra de la Unesco, a través del cual esta institución otorgaba su respaldo a la red. En 2004 se formó la Red Global de Geoparques, que comprende actualmente 77 geoparques, incluidos los 42 europeos.
Un Geoparque Europeo es un territorio que incluye un patrimonio geológico particular y una estrategia de desarrollo territorial sostenible apoyada en un programa europeo de promoción del desarrollo. Debe tener límites bien definidos y un área suficientemente grande para un verdadero desarrollo económico del territorio. Asimismo, debe contener un cierto número de Lugares de interés Geológico (LIGs) de importancia particular en términos de su calidad científica, rareza, valor estético o valor educativo. La mayoría de los puntos de interés presentes en el territorio de un Geoparque europeo deben ser parte del patrimonio geológico, pero su interés puede ser también arqueológico, ecológico, histórico o cultural.
Los lugares de interés geológico de un Geoparque Europeo se deben ligar en una red y beneficiarse de medidas de protección y de gestión. No puede ser tolerada ninguna destrucción o venta de objetos geológicos de un Geoparque Europeo. El Geoparque Europeo debe ser gestionado por una estructura bien definida capaz de hacer cumplir la protección, las mejoras y las políticas de desarrollo sostenible dentro de su territorio.
Un Geoparque Europeo tiene un papel activo en el desarrollo económico de su territorio con el realce de una imagen general ligada al patrimonio geológico y al desarrollo del geoturismo. Un Geoparque Europeo tiene un impacto directo en el territorio por la influencia sobre las condiciones de vida de sus habitantes y su medio ambiente. El objetivo es permitir a los habitantes reasignarse los valores de la herencia del territorio y participar activamente en la revitalización cultural del territorio en su totalidad.
Un Geoparque Europeo desarrolla, experimenta y mejora los métodos para preservar el patrimonio geológico. También tiene también que apoyar la educación sobre el medio ambiente, la formación y el desarrollo de la investigación científica en las variadas disciplinas de las Ciencias de la Tierra, la mejora del medio ambiente natural y las políticas de desarrollo sostenible.
Un Geoparque Europeo debe trabajar dentro de la Red Europea de Geoparques para favorecer la construcción y la cohesión de la Red. Debe trabajar con empresas locales para promover y apoyar la creación de nuevos productos ligados al patrimonio geológico en un espíritu de complementariedad con los otros miembros europeos de la Red de Geoparques.
El ámbito territorial del Geoparque de la Costa Vasca posee importantes valores geológicos, naturales y culturales que sustentan su incorporación a la Red Europea de Geoparques. El Geoparque de la Costa Vasca presenta una población de alrededor de 20.000 habitantes distribuidos en 89 km² de superficie, con una densidad de población de aproximadamente 220 habitantes por km². El poblamiento se concentra en los siete núcleos de población principales (Zumaia, Narrondo, Oikia, Deba, Itziar, Mutriku y Mijoa), mientras que la población diseminada en el territorio es reducida, y tradicionalmente está ligada a actividades agrícolas.
El territorio del Geoparque de la Costa Vasca presenta una línea de costa de 23 km de longitud, litoral abrupto donde dominan los acantilados. Hacia el interior se presenta un paisaje de campiña y colinas donde se da la actividad agrícola principal del territorio. Muy cerca, y generalmente en el sector sur, se presentan un conjunto de macizos.
El Geoparque de la Costa Vasca, situado en el cuadrante noroccidental de Gipuzkoa, constituye una zona de gran interés y relevancia científica. Está representado por rocas esencialmente sedimentarias, que abarcan desde Triásico Superior (215 millones de años, Ma) hasta el Eoceno medio (45 Ma). En la zona costera afloran de forma casi continuada 5.000 m de columna estratigráfica, que representa unos 60 Ma de la historia de nuestro planeta, donde resulta de especial relevancia la sección del flysch de Zumaia, que contiene un excelente y completo registro de importantes límites de edades geológicas (por ejemplo, el Cretácico/Terciario y el Paleoceno/Eoceno) y que asimismo incluye los estratotipos oficiales (establecidos por la IUGS-Unesco) de los dos límites internos del Paleoceno (Daniense-Selandiense y Selandiense-Thanetiense). En la zona meridional del territorio destaca el modelado kárstico de los macizos calizos cretácicos (Arno e Izarraitz), antiguos arrecifes, con ejemplos espectaculares tanto de exokarst como de endokarst. De hecho, este territorio concentra el mayor número de cavidades de Gipuzkoa.
El patrimonio natural que alberga el geoparque acoge diferentes tipos de espacios naturales, como por ejemplo varios Lugares de Interés Comunitario (LICs) de la Red Natura 2000, varias zonas de interés natural incluidas en el Catálogo abierto de espacios naturales relevantes de la CAPV (1996), y un Biotopo Protegido. Este conjunto de espacios naturales ocupan una superficie total de 20,14 km², lo que supone un 22,6% del área terrestre del territorio del geoparque, y concentran los principales elementos de biodiversidad de la zona.
El patrimonio cultural de la zona es extenso y diverso. Los términos municipales de Deba y Mutriku acumulan una de las mayores concentraciones de cuevas con yacimiento arqueológico de todo el territorio guipuzcoano, alcanzando la cifra de 47 cuevas (32 Deba y 15 Mutriku), situadas en los macizos calizos de Izarraitz y de Arno. El conjunto representa casi el 22% del total de Gipuzkoa.
En el término municipal de Deba se sitúan dos importantes yacimientos rupestres pertenecientes a dicha época, como son las cuevas de Ekain y Praileaitz. Las pinturas rupestres de la cueva de Ekain (Magdaleniense), se incluyen entre las mejores del arte parietal franco-cantábrico, y en concreto las figuras de caballos son consideradas como la máxima representación de esta especie dentro del arte parietal. La cueva de Ekain ostenta por ello el rango de Bien Cultural Calificado, y en 2008 ha sido calificada como Patrimonio de la Humanidad por la Unesco. Por su parte la cueva de Praileaitz destaca por que en ella se han identificado diversos materiales de arte mueble paleolítico tales como colgantes, así como otros elementos que hacen que el lugar sea considerado como un antiguo lugar de culto de época paleolítica.
El ámbito del Geoparque de la Costa Vasca es un entorno referencial en relación a la conexión de la cultura local y la mitología con la Tierra. Muchas de las cuevas de la zona han sido sacralizadas desde el pasado, como sucede con Ermitia, o Urteaga, en cuya cercanía se halla la ermita de Salbatore, o las de Ekain y Praileaitz que muestran un claro carácter de santuario prehistórico. El territorio presenta otros elementos sacralizados, como el río Deba, voz que hace alusión a una divinidad femenina del panteón céltico relacionada con el culto a las aguas. También existen diversos accidentes geográficos y elementos geológicos cuya existencia es atribuida a la intervención de algunos personajes mitológicos como los gentiles. La toponimia del lugar recoge numeroso testimonios de esta mitología: Jentiletxe (casa de los gentiles), Lamiategi (lugar de Lamias), Sorginzulo (agujero de la bruja), etc.
En relación al patrimonio arquitectónico el territorio cuenta con 164 bienes calificados en el «Catálogo de Monumentos, Conjuntos Monumentales y Yacimientos de la Comunidad Autónoma del PaísVasco», 7 en Zumaia, 13 en Deba y 144 en Mutriku, de los cuales 130 corresponden al Conjunto Monumental de Mutriku, situados en su casco histórico. En todo este patrimonio destacan especialmente iglesias, ermitas, conventos, palacios, edificios urbanos, caseríos, calzadas, etc., y completan el patrimonio de la zona otro sin número de elementos como los caleros, antiguas canteras, atalayas, el Camino de Santiago de la Costa, entre otros.
El turismo comienza en el País Vasco hace más de 200 años junto al ámbito del geoparque de la costa vasca, en el municipio de Zestoa, contiguo a Zumaia y limítrofe a Deba. En 1806 se produce la apertura del Balneario de Cestona, primero del País Vasco, a partir del uso terapéutico de sus aguas termales. Desde entonces los bañistas comienzan a acudir a localidades cercanas, y en especial a Zumaia, pero también a Deba y Zarautz. A lo largo del siglo XIX el turismo en la zona se expande favorecido por el desarrollo económico y social y la construcción de nuevas vías de comunicación, fenómeno que se ampliará durante todo el siglo XX aunque con importantes fluctuaciones.
Desde una perspectiva jurídica, esta figura está recogida en nuestro derecho a través de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. En concreto, su artículo 49 enumera los Geoparques como una de las áreas protegidas por instrumentos internacionales, y que requieren de una publicidad en la normativa interna, a la que se da cumplimiento con esta Orden. El apartado tercero de este artículo remite íntegramente al acuerdo internacional para establecer el régimen de protección, sin perjuicio de la vigencia de regímenes de protección, ordenación y gestión específicos cuyo ámbito territorial coincida total o parcialmente con dichas áreas, siempre que se adecuen a lo previsto en dichos instrumentos internacionales.
Por ello, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49.1.e y 49.2 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, se dispone la publicidad de la designación del Geoparque por organismos internacionales, así como un plano de su perímetro.
En su virtud,
DISPONGO:
Artículo único.- Ordenar la publicación en el BOPV y en el BOE, para general conocimiento, de la designación internacional del Geoparque de la Costa Vasca, con los límites que se acompañan en el plano anexo a esta Orden, y su incorporación en la Red Europea de Geoparques y en la Red Mundial de Geoparques nacionales ayudada por la Unesco.
En Vitoria-Gasteiz, a 18 de marzo de 2011.
La Consejera de Medio Ambiente,
Planificación Territorial, Agricultura y Pesca,
MARÍA DEL PILAR UNZALU PÉREZ DE EULATE.
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