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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 67, miércoles 6 de abril de 2011


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Otras Disposiciones

Industria, Innovación, Comercio y Turismo
1974

RESOLUCIÓN de 31 de enero de 2011, del Director de Energía y Minas, por la que se autoriza la instalación y se aprueba el proyecto de consolidación, actualización y ampliación de la faja de arbolado de la LAAT a 30 kV de la línea existente Mungia-Euba 1 y 2 (tramo Euba-Bermeo), en los términos municipales de Amorebieta-Etxano, Muxika, Ajangiz, Gernika-Lumo, Arratzu, Kortezubi, Forua, Murueta, Busturia, Sukarrieta, Mundaka y Bermeo y se declara su utilidad pública.

Ref.: L-7110 AT-H-2008-88 ASS-BMR.

ANTECEDENTES DE HECHO

Uno.- Con fecha 24 de octubre de 2008 la empresa Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A. con domicilio en Bilbao, c/ San Adrián, 48, solicita autorización administrativa, declaración, en concreto, de su utilidad pública y aprobación del proyecto de consolidación, actualización y ampliación de la faja de arbolado de la LAAT a 30 kV de la línea existente Mungia-Euba 1 y 2 (tramo Euba-Bermeo), en los términos municipales de Amorebieta-Etxano, Muxika, Ajangiz, Gernika-Lumo, Arratzu, Kortezubi, Forua, Murueta, Busturia, Sukarrieta, Mundaka y Bermeo, aportando instancia al respecto acompañada del proyecto Técnico correspondiente firmado por el Ingeniero Técnico Industrial D. Anizeto Onandia Usategi y visado por el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Bizkaia el 08-10-2008 con el n.º 7274.

Dos.- A los efectos previstos en el artículo 10 del Decreto 282/2002, de 3 de diciembre, del Gobierno Vasco, fue publicado el anuncio por el que se somete a información pública la citada solicitud de Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A. en el BOB con fecha 25-11-2008, en el BOPV con fecha 11-12-2008 y en el Diario El País con fecha 14-05-2009.

Tres.- Con fecha 05-11-2008 se remitió oficio a los Ayuntamientos de Amorebieta-Etxano, Muxika, Ajangiz, Gernika-Lumo, Arratzu, Kortezubi, Forua, Murueta, Busturia, Sukarrieta, Mundaka y Bermeo, a fin de que se procediese a la exposición del anuncio citado en el Tablón de Edictos de dichos Ayuntamientos, así como petición de informe, también al Departamento de Agricultura de la Diputación Foral de Bizkaia, a la Agencia Vasca del Agua - Ura y al Patronato de la Reserva de la Biosfera de Urdaibai, de la procedencia o no a la declaración de Utilidad Pública de la instalación, y en su caso el condicionado técnico que consideren.

Cuatro.- Con fecha 22-01-2009 se reitera la petición de informe a los Ayuntamientos mencionados al no haber recibido respuesta sobre el particular en el plazo establecido.

Cinco.- Dentro del período de información pública establecido al efecto no se han recibido en la Delegación Territorial de Bizkaia alegaciones de particulares, pero si condicionados de los Ayuntamientos de Sukarrieta, Muxika, Murrieta, Mundaka y Gernika-Lumo y así como del Departamento de Agricultura de la Diputación Foral de Bizkaia, de la Agencia Vasca del Agua - Ura y del Patronato de la Reserva de la Biosfera de Urdaibai, que han sido aceptados por el solicitante.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

En el expediente se han cumplido los trámites reglamentarios previstos en el artículo 10 del Decreto 282/2002, de 3 de diciembre (BOPV de 23-12-2002) y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE de 27-12-2000) en concordancia con lo establecido en la Disposición final primera del mismo texto, artículo 17 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa de 26 de abril de 1957, y artículo 53 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y Resolución de 29 de enero de 2007, del Director de Energía y Minas, por la que se establecen prescripciones específicas para el paso del líneas eléctricas aéreas de alta tensión por zonas de arbolado (BOPV de 04-05-2007) y demás legislación concordante.

El Director de Energía y Minas, en virtud de las atribuciones conferidas en el Decreto 514/2009, de 22 de septiembre, por el que se establece la estructura Orgánica y Funcional del Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo (BOPV de 24-09-2009)

RESUELVO:

Autorizar, a Iberdrola Distribución Eléctrica. S.A. y aprobar el proyecto de consolidación, actualización y ampliación de la faja de arbolado de la LAAT a 30 kV de la línea existente Mungia-Euba 1 y 2 (tramo Euba-Bermeo), en los términos municipales de Amorebieta-Etxano, Muxika, Ajangiz, Gernika-Lumo, Arratzu, Kortezubi, Forua, Murueta, Busturia, Sukarrieta, Mundaka y Bermeo cuyas principales características son las siguientes.

Línea eléctrica aérea:

- Tensión de servicio: 30 kV.

- Conductores: 6 (1 x 180 mm²) Al-Ac.

- Longitud: 26.606 m.

- Origen: STR Euba.

- Final: STR Bermeo.

Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza, llevando implícita esta declaración, a tenor de lo dispuesto en el artículo 54 de la citada Ley 54/1997, de 27 de noviembre, la necesidad de ocupación de los bienes o adquisición de los derechos afectados, e implicando la urgente ocupación de los mismos y determinando las consecuencias que para la declaración de Urgente Ocupación dispone el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, con los efectos regístrales del artículo 53 de la misma.

Esta resolución se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en el Decreto 282/2002, de 3 de diciembre, y con las condiciones generales siguientes:

Primera.- Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto mencionado, firmado por el Ingeniero Técnico Industrial D. Anizeto Onandia Usategi y visado por el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Bizkaia el 08-10-2008, número de visado 7274.

Segunda.- El plazo de puesta en marcha no será superior a 2 años, contando a partir de la presente Resolución.

Tercera.- El titular de las instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a la Delegación Territorial de Bizkaia, a efectos de reconocimiento definitivo y extensión del acta de puesta en marcha.

Cuarta.- La presente autorización se otorga sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial y otros necesarios para la realización de las obras, no relevándose al peticionario de la obligación de obtener las mismas. Asimismo, se concede sin perjuicio de posibles de terceros y dejando a salvo el derecho de propiedad.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Industria y Energía, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución, todo ello en virtud de lo establecido en la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En Vitoria-Gasteiz, a 31 de enero de 2011.

El Director de Energía y Minas,

OSKAR ZABALA RABADÁN.


Análisis documental