
N.º 246, viernes 24 de diciembre de 2010
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Justicia y Administración Pública
6373
ORDEN de 13 de marzo de 2010, de de la Consejera de Justicia y Administración Pública, por la que se aprueba e inscribe la modificación del artículo 11 de los estatutos de «Oiartzo Batxilergo Ikastola Fundazioa», de Errenteria (Gipuzkoa).
Visto el expediente que la Fundación «Oiartzo Batxilergo Ikastola Fundazioa», de Errenteria (Gipuzkoa) presenta, de aprobación e inscripción de modificación del artículo 11 de sus Estatutos, atendiendo a los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- El 4 de agosto de 2009 tuvo entrada en el Departamento de Justicia y Administración Pública solicitud suscrita por don José Miguel Zabala Gamborena, en representación de la Fundación «Oiartzo Batxilergo Ikastola Fundazioa», de Errenteria (Gipuzkoa), de solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la modificación del artículo 11 de sus Estatutos, acordada el 13 de mayo de 2009 por el Patronato de la Fundación, referente a la vigencia de los nombramientos de los miembros del Patronato de la Fundación.
Segundo.- Con el escrito de solicitud de inscripción se presentó doble copia autorizada de la Escritura pública de modificación de estatutos, otorgada el 29 de julio de 2009 por doña Junkal Erzibengoa Aizpiolea, en nombre y representación de «Oiartzo Batxilergo Ikastola Fundazioa», ante don Enrique García-Jalón de la Lama, Notario del Ilustre Colegio del País Vasco (n.º de protocolo: 1248). En dicha Escritura pública se indica que no existe prohibición de los fundadores y que los fines fundacionales han sido respetados, así como que la modificación estatutaria no supone alteración de carácter económico en la Fundación.
Dicha Escritura pública incorpora certificación expedida en Errenteria el 27 de julio de 2009 por doña Junkal Erzibengoa Aizpiolea, Secretaria del Patronato de la Fundación, con el visto bueno de su Presidente, del acta de la reunión del Patronato celebrada el 13 de mayo de 2009, en la que se acordó modificar el artículo 11 de los estatutos de la Fundación, cuya nueva redacción consta en el certificado.
Tercero.- Los expedientes han sido examinados por los Servicios Técnicos del Registro de Fundaciones del País Vasco, que a su vista han elevado Propuesta de Resolución, atendiendo a los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- Corresponde a la Consejera de Justicia y Administración Pública dictar, mediante Orden la Resolución de los expedientes de modificación estatutaria presentado sobre la base de los artículos 36.3 y 40 de la Ley de Fundaciones del País Vasco y artículo 4 del Decreto 100/2007, de 19 de junio, que aprueba el Reglamento del Protectorado de Fundaciones del País Vasco; el artículo 9.1.e) del Decreto 4/2009, de 8 de mayo, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos; y el artículo 4.1 del Decreto 472/2009, de 28 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Justicia y Administración Pública.
Segundo.- A los presentes expedientes se han aportado los referidos títulos así como los documentos y datos que se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos previstos en el artículo 31 de la Ley 12/1994, de 17 de junio, de Fundaciones del País Vasco, así como en el artículo 44 del Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, aprobado por el Decreto 101/2007, de 19 de junio, en relación con la aprobación e inscripción de las modificaciones estatutarias.
Tercero.- Que se cumple con lo prevenido en el Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, aprobado por el Decreto 101/2007, de 19 de junio, respecto de los requisitos para la acreditación de acuerdos y requisitos de la certificación, artículos 33 y 34; así como con lo establecido por el artículo 11 de dicha norma reglamentaria, respecto del tracto sucesivo.
Vistos los preceptos citados y demás normas de general aplicación.
La Consejera de Justicia y Administración Pública,
RESUELVE:
Primero.- Aprobar la modificación del artículo 11 de los estatutos de la Fundación «Oiartzo Batxilergo Ikastola Fundazioa», de Errenteria (Gipuzkoa), referente a la vigencia de los nombramientos de los miembros del Patronato de la Fundación.
Segundo.- Ordenar la inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, con la fecha de la presente Orden, de la mencionada modificación estatutaria de la Fundación, acordada por el Patronato de la misma el 13 de mayo de 2009, de acuerdo con lo establecido en la Escritura pública de modificación de estatutos, otorgada el 29 de julio de 2009 ante don Enrique García-Jalón de la Lama, Notario del Ilustre Colegio del País Vasco (n.º de protocolo: 1248).
Tercero.- Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.
Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabrá imponer recurso potestativo de reposición ante esta Consejera de Justicia y Administración Pública en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz a, 13 de marzo de 2010.
La Consejera de Justicia y Administración Pública,
IDOIA MENDIA CUEVA.
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