
N.º 228, viernes 26 de noviembre de 2010
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Administración de Justicia
Juzgado de Primera Instancia N.º 3 de Vitoria-Gasteiz
5643
EDICTO dimanante del juicio monitorio n.º 1088/10 seguido sobre reclamación de cantidad.
Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de Vitoria-Gasteiz.
Juicio: monitorio 1088/10.
Demandante: Carpintería Metálica Oti, S.C.
Demandado: Cerámicas Medrano, S.L.
Sobre: reclamación de cantidad.
En el referido juicio se ha dictado con fecha 5-10-2010 Decreto n.º 167/10 cuya parte dispositiva es la siguiente:
1.- Se declara terminado el presente proceso monitorio iniciado a instancia de Carpintería Metálica Oti, S.C., frente a Cerámicas Medrano, S.L.
2.- Dese traslado a Carpintería Metálica Oti, S.C. para que inste, en su caso, el despacho de ejecución, advirtiéndole que será preceptiva la intervención de abogado y procurador si la cantidad por la que se pretenda el despacho supera los 900 euros.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado Cerámicas Medrano, S.L. y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada Resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.
Contra la presente Resolución el deudor puede interponer recurso de revisión.
El texto completo de la Resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.
En Vitoria-Gasteiz, a 15 de octubre de 2010.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
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