
N.º 220, martes 16 de noviembre de 2010
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Administración de Justicia
Juzgado de Primera Instancia N.º 3 de Vitoria-Gasteiz
5412
EDICTO dimanante del juicio monitorio n.º 1099/09 seguido sobre reclamación de cantidad.
Juicio: monitorio 1099/09.
Demandante: Video Alien, S.L.
Abogado: Julen Sopelana Gordo.
Demandado: José Gabriel Cardona Guzmán.
Sobre: reclamación de cantidad.
En el referido juicio se ha dictado auto n.º 239/10 cuya parte dispositiva es la siguiente:
Finalizado el presente proceso monitorio instado por Video Alien, S.L., frente a José Gabriel Cardona Guzmán, en reclamación de 52,14 euros, una vez se presente por el acreedor el correspondiente escrito solicitando el despacho de ejecución, con los requisitos de postulación exigidos, se acordará.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la LECn).
Para la impugnación de esta resolución será necesaria la constitución de un depósito de 25 euros, sin cuyo requisito no será admitida a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el grupo Banesto (Banco Español de Crédito) con el número 0011-0000-00-1099-09, indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un «Recurso» código 00-Reposición. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (disposición adicional 15.ª de la LOPJ).
Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. José Gabriel Cardona Guzmán y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.
En Vitoria-Gasteiz, a 2 de marzo de 2010.
LA SECRETARIO JUDICIAL.
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