
N.º 220, martes 16 de noviembre de 2010
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Disposiciones Generales
Tribunal Superior de Justicia del País Vasco
5397
EDICTO dimanante del recurso contencioso n.º 978/07, en el que se ha dictado sentencia por la que se anula parcialmente la Resolución de 3 de mayo de 2007 del Director de Deportes del Gobierno Vasco, por la que se aprueba e inscribe en el Registro de Entidades Deportivas de Euskadi la modificación de los Estatutos de la Federación Vasca de Actividades Subacuáticas así como el Decreto 16/2006, de 31 de enero, de las Federaciones Deportivas del País Vasco.
Se hace saber que en el recurso contencioso-administrativo número 978/07 -promovido por la Administración del Estado contra la Resolución de 3 de mayo de 2007, del Director de Deportes del Gobierno Vasco, por la que se aprueba e inscribe en el Registro de Entidades Deportivas de Euskadi la modificación de los Estatutos de la Federación Vasca de Actividades Subacuáticas [artículos 5, 6.a), 17 y 27], publicada en el BOPV de 9-07-2007, e indirectamente contra los artículos 10 y 13.1.a) del D 16/2006 de 31 de enero de las Federaciones Deportivas del País Vasco (BOPV DFE 14-02-2006)-, se ha dictado sentencia el 17-12-2008 -que ha sido confirmada por sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 23-06-2010 y que es firme-, en cuyo fallo se ha acordado:
1.- Declarar la nulidad de los artículos 10 y 13.1.a) del D 16/2006 de 31 de enero, en lo referido a la expresión «e internacional».
2.- Declarar la nulidad de los artículos 5 y 6.a) de los Estatutos de la Federación Vasca de Actividades Subacuáticas, en cuanto incluyen la expresión «e internacional».
3.- Desestimar en lo demás el recurso interpuesto, manteniendo la adecuación a derecho de los artículos 17 y 27 de los estatutos impugnados.
Lo que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA), se hace público para general conocimiento.
En Bilbao, a 4 de octubre de 2010.
EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.
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