Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 132, lunes 12 de julio de 2010


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Administración de Justicia

Juzgado de Instrucción N.º 4 de Donostia-San Sebastián
3384

EDICTO dimanante del juicio de faltas inmediatas n.º 49/09.

D. Eduardo Muiño Feijoo Secretario del Juzgado de Instrucción n.º 4 de Donostia-San Sebastián.

Doy fe y testimonio:

Que en el juicio de faltas n.º 49/09 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:

SENTENCIA N.º 317/2009

En Donostia-San Sebastián a diez de agosto de dos mil nueve.

Vistos por mí, María José Aguirre Zuazo, Magistrada-Juez del Juzgado de Instrucción n.° 4 de los de San Sebastián y su partido, los autos de Juicio de Faltas Inmediatas 49/09 seguidos por presunta falta de respeto y consideración debida a agentes de la autoridad y desobediencia, en los que intervienen como denunciantes los agentes de la Guardia Municipal de San Sebastián con números profesionales 1602 y 1613 y como denunciado D. Mario Roberto Flores Vasquez, con la intervención del Ministerio Fiscal en ejercicio de la acción pública, procedo al dictado de la presente Sentencia sobre la base de los siguientes,

FALLO

Que debo condenar y condeno a D. Mario Roberto Flores Vasquez, como autor de dos faltas: de desobediencia a agentes y de respeto y consideración debida a los agentes de la autoridad, ambas del artículo 634 CP, a la pena de 30 días multa por cada una de ellas, con una cuota diaria de 3 euros (180 euros) con apercibimiento de que, en caso de impago de la multa, y previa la exacción en su caso por la vía de apremio, quedará sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, que podrá ser cumplida en régimen de localización permanente.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y podrá interponerse recurso de apelación en plazo de cinco días ante este Juzgado para ante la Audiencia Provincial de Gipuzkoa.

Expídase testimonio de la Sentencia para incorporarlo a la causa, llevando el original al Libro de Sentencias de este Juzgado.

Así por esta Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a Mario Roberto Flores Vasquez, actualmente paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de País Vasco, expido la presente en Donostia-San Sebastián, a veintitrés de abril de dos mil diez.

EL SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental