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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 82, miércoles 5 de mayo de 2010


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Autoridades y Personal

Justicia y Administración Pública
2324

ORDEN de 16 de abril de 2010, de la Consejera de Justicia y Administración Pública, por la que se convoca el proceso selectivo para el ingreso como personal funcionario de carrera del Cuerpo Subalterno de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

El Decreto 161/2008, de 23 de septiembre (BOPV 30 de septiembre de 2008), aprueba la oferta de empleo público de personal funcionario de carrera de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y sus Organismos Autónomos para el año 2008, en la que se incluyen 163 plazas vacantes del Cuerpo Subalterno, que han de ser provistas mediante el correspondiente proceso selectivo.

La Orden 16 de abril de 2010 de la Consejera de Justicia y Administración Pública aprueba las bases generales que han de regir los procesos selectivos para el ingreso como personal funcionario de carrera derivados de la Oferta de Empleo Público del año 2008 de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

A tal fin, de conformidad con lo establecido en el artículo 23 y en el Capítulo IV del Título II de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca sobre la selección de personal, y en virtud de las atribuciones conferidas en el artículo 6.1.i) de la citada Ley,

RESUELVO:

Artículo primero.- Convocar el proceso selectivo para el ingreso como personal funcionario de carrera del Cuerpo Subalterno al servicio de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y sus Organismos Autónomos, derivado de la Orden de 16 de abril de 2010 de la Consejera de Justicia y Administración Pública, por la que se aprueban las bases generales que han de regir los procesos selectivos para el ingreso como personal funcionario de carrera al servicio de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y sus Organismos Autónomos.

Artículo segundo.- Aprobar las bases específicas y el temario del cuerpo convocado, que figuran como anexo I y II.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrá interponer se recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Justicia y Administración Pública, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses contado a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Segunda.- La presente Orden surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 16 de abril de 2010.

La Consejera de Justicia y Administración Pública,

IDOIA MENDIA CUEVA.

ANEXO I

BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO SELECTIVO PARA EL INGRESO COMO PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA DEL CUERPO SUBALTERNO DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO

1.- Objeto.

El objeto de las presentes bases es establecer las normas para la provisión, mediante el sistema de concurso-oposición, de las plazas pertenecientes al Cuerpo Subalterno de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

2.- Plazo de presentación de solicitudes.

El día 26 de mayo a las 16:30 horas finaliza el plazo de presentación de solicitudes.

3.- Plazas convocadas.

Se convocan 163 plazas del Cuerpo Subalterno de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en turno libre todas ellas y de acuerdo a la siguiente distribución:

a) Modalidad de acceso general:

N.º plazas Con carné de conducir Sin carné de conducir

Sin exigencia de perfil lingüístico 43 2 41

Con exigencia de perfil lingüístico 1 112 6 106

b) Modalidad de acceso reservado para personas con discapacidad:

N.º plazas

Sin exigencia de perfil lingüístico 2

Con exigencia de perfil lingüístico 1 6

4.- Requisitos de participación.

4.1.- Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 3.3 de las bases generales.

4.2.- Las personas que concurran por la modalidad reservada para personas con discapacidad deberán, además, cumplir lo indicado en el apartado 3.5 de las bases generales.

4.3.- En relación a lo dispuesto en el apartado 3.3.e) de las bases generales, no es necesaria titulación específica alguna para el acceso al Cuerpo Subalterno.

4.4.- El importe de la tasa para el Cuerpo Subalterno (Grupo E) es 6,77 euros.

5.- Requisitos específicos para la adjudicación de puestos.

5.1.- En los puestos ofertados del Cuerpo Subalterno el carné de conducir clase B y el perfil lingüístico 1 de euskera pueden ser requisitos de provisión.

En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 8.7 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.

5.2.- El conocimiento del euskera se considera requisito en los puestos con fecha de preceptividad vencida.

6.- Proceso selectivo.

Como se ha indicado en la base 1 el sistema de selección será el de concurso-oposición.

6.1.- Fase de oposición.

La fase de oposición consistirá en la realización de dos pruebas escritas de carácter obligatorio y eliminatorio.

Las pruebas consistirán en sendos cuestionarios de preguntas con cuatro alternativas de respuesta, en el que se penalizarán las respuestas erróneas. Ambas pruebas tendrán carácter eliminatorio. La primera prueba estará relacionada con el temario que se adjunta en el anexo II. La segunda prueba, también basada en el temario, se relacionará con las tareas de los puestos que se convocan. Ambas pruebas se celebrarán en la misma sesión y en llamamiento único.

Con el objetivo de orientar a los y las aspirantes en la preparación de la prueba, en la dirección electrónica indicada en el apartado 6 de las bases generales: www.ivap.euskadi.net/ope se facilitará: 1) información sobre los puestos a los que se puede acceder desde el Cuerpo Subalterno, incluyendo, entre otros aspectos, una descripción general de los puestos y sus tareas más habituales y 2) el temario desarrollado.

El cuestionario tendrá un valor máximo de 69 puntos (27 puntos la primera parte y 42 puntos la segunda). Por cada respuesta errónea se descontará la tercera parte del valor de una respuesta correcta. El Tribunal teniendo en cuenta el nivel mínimo exigible, el nivel de conocimientos de quienes se han presentado y antes de conocer su identidad, decidirá cuál será la puntuación mínima para superar esta parte, haciendo público dicho acuerdo.

La puntuación obtenida por cada aspirante se corresponderá con el número de respuestas correctas, hecha la deducción de las incorrectas. El Tribunal, mediante la adopción del correspondiente acuerdo, dispondrá la publicación de las respuestas consideradas correctas en www.ivap.euskadi.net/ope.

6.2.- Prueba de Euskera.

6.2.1.- La prueba de euskera estará destinada a la acreditación del perfil lingüístico 1.

6.2.2.- El perfil lingüístico 1 se valorará únicamente en las plazas en las que no sea requisito, suponiendo 5 puntos.

6.3.- Fase de concurso.

La calificación de la fase de concurso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al siguiente baremo de méritos:

a) Experiencia en el Cuerpo Subalterno.

Por experiencia en el Cuerpo Subalterno se entiende los servicios prestados dentro de la Administración Pública, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado con nombramiento en el Cuerpo Subalterno, equivalente o en categoría laboral análoga; o en puestos abiertos a dicho cuerpo o categoría laboral en el momento de desempeño en la correspondiente relación de puestos de trabajo.

Esta experiencia se valorará a razón de 0,14 por mes trabajado hasta un máximo 25 puntos. No se valorarán las fracciones inferiores al mes.

El cómputo se efectuará realizando la suma de los periodos trabajados y, una vez realizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días naturales.

Los servicios prestados en las categorías de Operario de Servicios y Celador del Grupo Profesional de Subalternos/Operarios de Osakidetza-Servicio Vasco de Salud se consideran equivalentes a los efectos de la presente convocatoria.

Los servicios prestados en la categoría de Agente Entrevistador en el Eustat se consideran equivalentes a los efectos de la presente convocatoria.

b) Titulaciones académicas.

Se valorarán las titulaciones académicas oficiales que se consideran útiles para desempeñar los puestos abiertos al Cuerpo Subalterno, hasta un máximo de 4 puntos. Se valorarán las siguientes titulaciones con el baremo que se indica:

A razón de 4 puntos por título:

- Técnico/a Comercio.

- Técnico/a Gestión Administrativa.

- Técnico/a Explotación de Sistemas Informáticos.

- Técnico/a Carrocería.

- Técnico/a Electromecánica de Vehículos.

- Técnico/a Acabados de construcción.

- Técnico/a Obras de Albañilería.

- Técnico/a Operación y Mantenimiento de Maquinaria de Construcción.

- Técnico/a Equipos Electrónicos de Consumo.

- Técnico/a Equipos e Instalaciones Electrotécnicas.

- Técnico/a Instalación y Mantenimiento Electromecánico y conducción de líneas.

- Técnico/a Montaje y mantenimiento de Instalaciones de Frío, Climatización y Producción de Calor.

- Técnico/a Fabricación a Medida e Instalación de Carpintería y Mueble.

- Técnico/a Laboratorio.

- Técnico/a operaciones de fabricación de productos farmacéuticos.

- Técnico/a farmacia.

A razón de 2 puntos:

- Graduado escolar o equivalente.

c) Conocimientos de informática.

Se valorarán los conocimientos informáticos hasta un máximo de 2 puntos, conforme al siguiente baremo:

- Microsoft Word Básico (2003 o XP) 0,8 puntos

- Microsoft Excel Básico (2003 o XP) 0,6 puntos

- Internet Básico 0,6 puntos

La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en las bases generales.

A efectos de esta convocatoria a quienes acrediten el nivel avanzado, se les considerará asimismo acreditado el nivel básico.

7.- Calificación final y criterios de desempate.

7.1.- Calificación final.

7.1.1.- De acuerdo a lo dispuesto en las bases generales, la calificación final de cada aspirante vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la valoración de méritos así como, en su caso, por la valoración de los perfiles lingüísticos acreditados.

7.1.2.- Todos los resultados y calificaciones se publicarán en la dirección electrónica www.ivap.euskadi.net/ope y en las dependencias reseñadas en el apartado 6 de las bases generales.

7.2.- Criterios de desempate.

7.2.1.- En aplicación del artículo 20.4.a) de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, se entenderá que existe igual capacitación entre las personas candidatas cuando se produzca un empate en la puntuación final del proceso selectivo, es decir, una vez realizadas y valoradas todas las pruebas y sumados los méritos correspondientes.

7.2.2.- En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo, sucesivamente, a los siguientes criterios:

1.º A favor de las mujeres, al ser la representación de éstas inferior al 40%, salvo que concurran en el otro candidato motivos que, no siendo discriminatorios por razón de sexo, justifiquen la no aplicación de la medida, como la pertenencia a otros colectivos con especiales dificultades para el acceso en el empleo.

2.º A favor de quien hubiera obtenido mayor puntuación en la fase de oposición.

3.º A favor de quien hubiera obtenido mayor puntuación en la segunda parte de la prueba de fase oposición.

4.º A favor de quien hubiera obtenido mayor puntuación en la primera parte de la prueba de fase oposición.

5.º A favor de quien hubiera obtenido mayor puntuación por experiencia.

6.º A favor de quien hubiera obtenido mayor puntuación en la fase concurso.

7.º A favor de quien hubiera obtenido mayor puntuación en titulaciones.

8.º A favor de quien hubiera obtenido mayor puntuación en informática.

ANEXO II

TEMARIO CUERPO SUBALTERNO

I.- Organización política y administrativa.

1.- La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión. El Tribunal Constitucional y el Defensor del Pueblo.

2.- Organización política y administrativa de la CAPV: Principios generales del Estatuto de Autonomía del País Vasco. Aspectos generales de la distribución de competencias entre el Estado y la CAPV. Aspectos generales de la distribución de competencias entre las Instituciones Comunes de la CAPV y las Instituciones Forales de los Territorios Históricos.

3.- Administración educativa no universitaria: Principios generales. Organización de los centros docentes.

4.- Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres: Principios generales.

5.- Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos: derechos de los ciudadanos a relacionarse con las Administraciones Públicas por medios electrónicos.

II.- Procedimiento administrativo y protección de datos.

6.- Procedimiento administrativo: Producción, contenido, motivación, forma y eficacia del acto administrativo. Concepto de silencio administrativo. Interesados. Abstención y recusación. Los derechos de la ciudadanía. Registros administrativos. Conceptos de recurso administrativo y revisión de oficio. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas.

7.- Aspectos básicos de la Protección de Datos Personales: Conceptos, Principios y Derechos; en particular, el derecho de información en la recogida de datos, el deber de secreto y la comunicación de datos.

III.- Personal al servicio de la administración pública.

8.- El personal al servicio de las administraciones públicas: Tipología. Derechos y deberes de los funcionarios públicos. Retribuciones. Régimen disciplinario.

9.- Normalización lingüística del uso del euskera en la administración general y en la administración educativa: Principios generales. El perfil lingüístico. La preceptividad de los perfiles lingüísticos. Los planes de normalización lingüística.

IV.- Comunicación y atención a la ciudadanía.

10.- La ciudadanía como destinataria de los servicios y prestaciones públicas. La información y atención al público. Respeto por la intimidad. Lenguaje respetuoso y no sexista.

11.- Comunicación y atención en persona y por teléfono: avisos, información, peticiones, acompañamiento, desvío de llamadas, etc. Criterios generales. Atención ante quejas y reclamaciones.

12.- Contenido y presentación de comunicaciones escritas (avisos, recados, carteles) y documentos escritos (notificaciones, instancias, certificaciones).

V.- Vigilancia, control y labores de apoyo.

13.- Control de accesos y sistemas de control de visitas.

14.- Apoyo a actividades de reunión y de comunicación: Preparación de salas y dependencias, de mobiliario (mesas de reunión, mesas presidenciales, sillas, etc.) y de medios materiales (pizarras, papelógrafos, rotuladores.) Puesta en funcionamiento de medios audiovisuales: proyectores, sistemas de audio (altavoces y micrófonos), etc.

VI.- Oficina - Recepción y distribución de correspondencia.

15.- Trabajos auxiliares de oficina; materiales y maquinaria a utilizar: Fotocopiado. Uso de escáner y fax. Encuadernación. Plastificado. Elaboración de carteles con ordenador. Etiquetado. Guillotinado. Grapado. Taladrado.

16.- Correspondencia y Paquetería: Sistemas de franqueo, telegramas, cartas certificadas, reembolsos, giros, etc.

17.- Archivo, reparto y distribución de documentación y correspondencia.

VII.- Almacenamiento, control de existencias y movimiento de materiales.

18.- Almacenamiento de materiales: Estanterías, colgadores, espacios, etc. Almacenamiento de materiales peligrosos.

19.- Control de existencias de material: Registros, fichas, albaranes, etc.

20.- Movimientos de material y equipos: Maquinaria a utilizar y otros útiles. Manejo y transporte de materiales combustibles e inflamables.

21.- Retirada y reciclaje de residuos.

VIII.- Mantenimiento y reparación de equipos e instalaciones.

22.- Nociones básicas de cerrajería, fontanería, saneamiento, electricidad, carpintería, albañilería, calefacción y aire acondicionado. Herramientas y útiles para mantenimiento y pequeñas reparaciones y/o sustituciones.

23.- Criterios de mantenimiento y revisión de elementos de seguridad: extintores, puertas cortafuegos.

IX.- Prevención de riesgos laborales.

24.- Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales: objeto, ámbito de aplicación, derechos y obligaciones.

25.- Posturas corporales: Prevención de lesiones al mover equipos y materiales.

26.- Aspectos básicos de evacuación de edificios: planes de actuación ante emergencias.

27.- Primeros auxilios: nociones básicas.

X.- Tráfico y seguridad vial.

28.- Seguridad vial. Principios fundamentales de la circulación. Mantenimiento básico de vehículos.


Análisis documental