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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 76, lunes 26 de abril de 2010


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 2 de Tolosa
2233

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 306/09 seguido sobre reclamación de cantidad.

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento juicio ordinario n.º 306/09 seguido en el Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Tolosa (Gipuzkoa) a instancia de «Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Gipuzkoa y San Sebastián» contra Maria-Jose Franco Leiza sobre reclamación de 23.850,29 euros en concepto de principal más otros 927,90 euros en concepto de intereses devengados más intereses legales y costas, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA N.º 161/2009

Juez que la dicta: Ilma. Sra. D.ª Noemi Mañueco Boto.

Lugar: Tolosa (Gipuzkoa).

Fecha: veinticuatro de noviembre de dos mil nueve.

Vistos por la Ilma. Sra. D.ª Noemí Mañueco Boto, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 2 los presentes autos de juicio ordinario 306/09 seguidos ante este Juzgado entre partes, de una como demandante, Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Guipúzcoa y San Sebastián, representada por el Procurador D. José Ignacio Otermin Garmendia y defendida por el Letrado D. Iñigo Lareki Arcos, y de otra, como demandada, D.ª María José Franco Leiza, en situación de rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad.

FALLO:

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Gipuzkoa y San Sebastián, representada por el Procurador D. José Ignacio Otermin Garmendia contra D.ª María José Franco Leiza, en situación de rebeldía procesal y debo condenar y condeno a la demandada al pago de la cantidad de veintitrés mil ochocientos cincuenta euros con veintinueve céntimos (23.850,29) en concepto de principal, más otros novecientos veintisiete euros con noventa céntimos (927,90) en concepto de intereses desde el día 28 de febrero de 2009 hasta la fecha de presentación de la demanda, así como los intereses desde la fecha de presentación de la demanda al tipo pactado del 17,25% hasta el completo pago, así como las costas dimanantes del juicio.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Gipuzkoa (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente a la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la Ley).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el grupo Banesto (Banco Español de Crédito) con el número 000, consignación que deberá ser acreditada al preparar el recurso (disposición adicional 15.ª de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación.- Dada, leída y publicada fue la anterior Sentencia por la misma Juez que la dictó, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, de lo que yo la Secretaria doy fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Maria-Jose Franco Leiza, extiendo y firmo la presente en Tolosa (Gipuzkoa), a veintidós de marzo de dos mil diez.

LA SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental