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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 56, miércoles 24 de marzo de 2010


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 12 de Bilbao
1739

EDICTO dimanante de juicio verbal n.º 1113/06.

Juzgado de Primera Instancia n.º 12 de Bilbao (Bizkaia).

Juicio: juicio verbal L2 1113/06.

Demandante: Alejandro García García.

Abogado: Pilar Vila Fernández.

Procurador: Lide Zabala Salegui.

Demandado: Isabel Hernández Durán.

Sobre: juicio verbal.

En el referido juicio se ha dictado en fecha 30-10-2007 Sentencia cuyo fallo es el siguiente:

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora, doña Lide Zabala Salegui, en nombre y representación de D. Alejandro García García, debo condenar y condeno a la parte demandada, doña Isabel Hernández Durán, al abono de la suma de trescientos setenta (370) euros. Así como al abono del interés legal desde la interposición de la demanda, y un interés anual igual al del interés legal del dinero incrementado en dos puntos desde la fecha de esta Sentencia. Asimismo deberá la parte demandada abonar las costas en su totalidad.

Conforme al artículo 457 de la LECn, contra esta Sentencia puede interponerse ante este Juzgado recurso de apelación en el término de cinco días desde su notificación, mediante escrito de preparación en el que se citará la Resolución apelada y se indicarán los pronunciamientos que impugna.

Así por ésta mi sentencia, que se notificará las partes en legal forma, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio en la República Dominicana de la demandada D.ª Isabel Hernández Durán y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada Resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha Resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia.

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de este edicto y limitado a citar la Resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la LECn).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el grupo Banesto (Banco Español de Crédito) con el número 4726-0000-00-1113-06, indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un «Recurso» código 02-Apelación. La consignación deberá ser acreditada al preparar el recurso (DA 15.ª de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

El texto completo de la Resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Bilbao (Bizkaia), a 11 de febrero de 2010.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.


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