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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 55, martes 23 de marzo de 2010


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 6 de Vitoria-Gasteiz
1705

EDICTO dimanante del juicio monitorio n.º 954/09.

Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Vitoria-Gasteiz.

Juicio: Juicio monitorio 954/09.

Demandante: Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Zaragoza Aragón y Rioja.

Abogado: Pedro Maria Gómez López.

Procurador: Boulandier.

Demandado: Rosa Caridad Corbal López.

Sobre: contratos en particular.

En el referido juicio se ha dictado 21 de diciembre de 2009 auto cuya parte dispositiva es la siguiente:

Finalizado el presente proceso monitorio instado por Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Zaragoza Aragón y Rioja, frente a Rosa Caridad Corbal López, en reclamación de 1.474,43 euros, una vez se presente por el acreedor el correspondiente escrito solicitando el despacho de ejecución, con los requisitos de postulación exigidos, se acordará.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D.ª Rosa Caridad Corbal López y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada Resolución por edicto en el Boletín Oficial de País Vasco.

Contra dicha Resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Álava.

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de este edicto y limitado a citar la Resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la LECn).

Para interponer el recurso será necesario la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el grupo Banesto (Banco Español de Crédito) con el número 0072000002095409, consignación que deberá ser acreditada al preparar el recurso (DA 15.ª de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

El texto completo de la Resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Vitoria-Gasteiz, a 24 de febrero de 2010.

LA SECRETARIO JUDICIAL.


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