
N.º 29, viernes 12 de febrero de 2010
- Otros formatos:
- Texto bilingüe
El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico
Otras Disposiciones
Industria, Innovación, Comercio y Turismo
730
RESOLUCIÓN de 19 de noviembre de 2009, del Director de Energía y Minas, en relación con la solicitud de autorización de la construcción de las instalaciones de gas natural para usos domésticos y comerciales correspondiente al proyecto denominado «Red de distribución de media presión B de Maruri-Jatabe».
Ref.: CG-B-2009-21 LUI-BMR.
D. Ernesto Fernández Colás, en nombre y representación de Naturgas Energía Distribución, S.A.U. ha solicitado con fecha 21-04-2009 la autorización del proyecto de construcción de las instalaciones de distribución de gas natural para usos domésticos y comerciales en el municipio de Maruri-Jatabe denominado «Red de distribución de media presión B de Maruri-Jatabe».
En la resolución del expediente, es preciso tener en cuenta y hacer referencia a los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Uno.- Con fecha 21-04-2009 Naturgas Energía Distribución, S.A.U. presentó proyecto de construcción e instalación y solicitó la autorización administrativa para las instalaciones destinadas al suministro de gas natural para usos domésticos y comerciales en el municipio de Maruri-Jatabe.
Dos.- Sometido el expediente referenciado al trámite de información pública, se publicó el anuncio correspondiente en los diarios El Correo y Deia, ambos de fecha 26-05-2009, así como en el BOPV de 04-06-2009 y en el BOB de 01-06-2009, también remitiéndose para su inserción en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Maruri-Jatabe durante el periodo comprendido del 22 de mayo al 11 de junio de 2009, no habiéndose presentado ningún proyecto en competencia ni alegación alguna al proyecto presentado.
Tres.- Con fecha 19-05-2009 se solicita informe y condicionado a los Ayuntamientos de Maruri-Jatabe y Gatika así como a los Organismos afectados, Departamento de Obras Públicas y Transportes de la Diputación Foral de Bizkaia y Agencia Vasca del Agua-Ura, no habiendo sido emitido condicionado alguno en el plazo señalado ni tras la reiteración realizada con fecha 29-06-2009.
Cuatro.- Con fecha 09-11-2009, Naturgas Energía Distribución, SAU aporta escrito contestación de la Dirección de Patrimonio Cultural del Departamento de Cultura del Gobierno Vasco en el que obliga a contar con un proyecto de seguimiento, recogida y análisis de los datos que pudieran ponerse al descubierto referidos a yacimientos arqueológicos y patrimoniales hoy desconocidos y con fecha 16-11-2009 Naturgas Energía Distribución, S.A.U. presenta. «Proyecto de control arqueológico para obra de construcción de red de distribución de gas natural en Maruri-Jatabe» redactado por el arqueólogo Unai Aurrekoetxea Fernández.
Esta Resolución se basa en los siguientes:
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Uno.- La Dirección de Energía y Minas es el órgano competente para la resolución de este expediente, de conformidad con lo establecido en el Decreto 514/2009, de 22 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo (BOPV de 24-09-2009).
Dos.- La Ley 34/1998 de 7 de octubre (BOE de 08-10-1998), del Sector de Hidrocarburos y el Reglamento del Servicio Público de Gases Combustibles, aprobada por RD 2913/1973, de 26 de octubre (BOE de 21-11-1973) establece la exigencia de la autorización administrativa previa para la construcción de redes de distribución de gas.
Tres.- En la tramitación del expediente y en el contenido del mismo, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos y condiciones establecidas por la legislación vigente y resultante de aplicación.
Cuatro.- Se considera acreditada la capacidad legal, técnica y económico-financiera del solicitante, Naturgas Energía Distribución, S.A.U. para la realización del Proyecto.
Vistos los preceptos legales citados y demás disposiciones de general y concordante aplicación, se realiza la siguiente Resolución:
RESUELVO:
Uno.- Autorizar a Naturgas Energía Distribución, S.A.U. la construcción de las instalaciones de gas natural para usos domésticos y comerciales en el término municipal de Maruri-Jatabe correspondiente al proyecto denominado «Red de distribución de media presión B de Maruri-Jatabe», cuyas características más importantes son las siguientes:
- Red de distribución de Media Presión B que, partiendo de la red existente de Gatika y mediante una arteria de alimentación, cubre el núcleo urbano de Maruri-Jatabe.
- La tubería será de polietileno de media densidad según UNE-EN 1555-2, SDR-17,6 de DN 160 mm en una longitud de 1.535 m para la arteria de alimentación en el término municipal de Gatika y de 510 m para la del término municipal de Maruri-Jatabe y de PE-100, SDR-11 y DN 110 mm en una longitud de 2.668 m de la red principal, así como PE-100, SDR 11 y DN 63 mm en una longitud de 2.655 m para las derivaciones.
- La presión máxima de servicio será de 5 kg/cm2.
- El presupuesto de las instalaciones descritas asciende a 549.983,31 euros.
- El recorrido completo de la red y todas sus características están descritos en la memoria y planos del proyecto presentado.
Dos.- Esta autorización se otorga con las siguientes condiciones:
1) La zona en la que Naturgas Energía Distribución, S.A.U. debe prestar sus servicios, queda delimitada en el plano n.º 1-NG-A-001, incluido en el documento de planos del proyecto anteriormente señalado. En el mismo plano se delimitan los compromisos de expansión de la red del solicitante en dicha zona.
2) Naturgas Energía Distribución, S.A.U. constituirá en el plazo de 2 meses una fianza o fianzas por valor de 10.999,67 (diez mil novecientos noventa y nueve con sesenta y siete) euros, en garantía del cumplimiento de sus obligaciones de instalación, de acuerdo a lo previsto en el artículo 73.4 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre. Dicha fianza se constituirá en la Caja Central de Depósitos del País Vasco, en metálico o en valores del Estado, o mediante avales bancarios según lo dispuesto en el artículo 11 apartado 3 del Decreto 1775/1967, de 21 de julio, o mediante el contrato de seguro concedido con Entidades de Seguros de las sometidas a la Ley de 16 de diciembre de 1954 y Ley 33/1984, de 2 de agosto, sobre ordenación del Seguro Privado, y al Real Decreto Legislativo 1255/1986, de 6 de junio, de adaptación a los compromisos derivados del tratado de Adhesión de España a la CEE. La fianza será devuelta a la Sociedad de Gas de Euskadi, S.A., una vez que, autorizadas las instalaciones y construidas en los plazos que se establezcan en la autorización para el montaje de las mismas, los Órganos Territoriales competentes formalicen el acta o actas de puesta en marcha de las citadas instalaciones.
3) Las obras deberán iniciarse en el plazo de doce meses, contados a partir de la fecha de autorización de las instalaciones, concluyendo las mismas 36 meses después de la fecha de dicha autorización.
4) Naturgas Energía Distribución, S.A.U. deberá iniciar la conducción de gas natural en un plazo no superior a treinta días a partir de la fecha en que se formalice el acta de puesta en marcha de las instalaciones.
5) Naturgas Energía Distribución, S.A.U. informará al Servicio del Patrimonio Histórico del Departamento de Cultura de la Diputación Foral de Bizkaia cualquier modificación del proyecto de intervención arqueológica, especialmente en lo relativo a los plazos de ejecución del mismo, para su autorización.
6) El cambio de características del gas suministrado, o la sustitución por otro intercambiable, requerirá la autorización administrativa de acuerdo con el artículo 8.º, apartado c), del Reglamento General del Servicio Público de Gases Combustibles, aprobado por Decreto 2913/1973, de 26 de octubre.
7) Naturgas Energía Distribución, S.A.U. podrá transmitir en cualquier momento estas instalaciones, previa autorización a la Delegación Territorial de Bizkaia, subrogándose el nuevo titular todas las obligaciones y derechos que implica la presente autorización.
8) Naturgas Energía Distribución, S.A.U. deberá mantener un correcto suministro y un adecuado y eficiente servicio de mantenimiento de las instalaciones, reparación de averías, reclamaciones y, en general, de atención a los usuarios, siendo responsable de la conservación y buen funcionamiento de las instalaciones, conforme a lo dispuesto en el punto 6 de la instrucción técnica ICG-01 del Reglamento Técnico de Distribución y Utilización de Gases Combustibles RD 919/2006.
Tres.- Las instalaciones que se autorizan habrán de realizarse de acuerdo con el proyecto denominado «Proyecto de conducción de gas natural para usos domestico comercial en media presión B en el municipio de Maruri-Jatabe» - PTS48-MAU080606, firmado por el Ingeniero Técnico Industrial D. Carlos Goya Díaz de Sarralde y visado por el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Bizkaia con fecha 20-02-2009 y n.º visado 05/09/00272, así como demás documentación técnica presentada.
Cuatro.- La autorización se otorga sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros, necesarios para la realización de las obras, no relevándose al peticionario de la obligación de obtener las mismas.
Cinco.- La presente autorización en ningún caso se entenderá concedida en régimen de monopolio ni concede derechos exclusivos.
Seis.- Para la obtención de la puesta en marcha deberán presentarse en la Delegación Territorial de Bizkaia los correspondientes Certificados de Dirección de Obra, actas de pruebas con los registros gráficos y permisos de organismos afectados, así como los planos AS-BUILT donde se determinarán la situación de la red y los cruces con otros servicios.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Industria y Energía, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de esta Resolución, todo ello en virtud de lo establecido en la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En Vitoria-Gasteiz, a 19 de noviembre de 2009.
El Director de Energía y Minas,
OSKAR ZABALA RABADÁN.
RSS