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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 250, miércoles 30 de diciembre de 2009


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Otras Disposiciones

Economía y Hacienda
Cultura
6793

DECRETO 632/2009, de 22 de diciembre, por el que se autoriza al Ente Público Euskal Irrati Telebista / Radio Televisión Vasca la toma de participación en una ampliación de capital de la Sociedad Anónima Pública Euskal Telebista / Televisión Vasca, S.A.

El artículo 110 del Decreto Legislativo 2/2007, de 6 de noviembre, de aprobación del Texto Refundido de la Ley del Patrimonio de Euskadi dispone que la adquisición de bienes y derechos integrantes del patrimonio empresarial requiere autorización previa del Consejo de Gobierno, por decreto, a propuesta conjunta del consejero o consejera competente en materia de patrimonio y del consejero o consejera del departamento al que, directamente o a través de un ente instrumental, se encuentre o vaya a encontrarse vinculada la sociedad. El decreto será publicado en el Boletín Oficial del País Vasco, sin perjuicio de su eficacia desde la fecha en que se dicte.

El objeto social de la sociedad es la producción y transmisión de imágenes y sonido simultáneamente a través de ondas o mediante cables destinados, mediata o inmediatamente al público en general, con fines informativos, culturales, artísticos, recreativos, comerciales, publicitarios, así como medio de cooperación con el sistema educativo y de fomento y difusión de la cultura vasca, y en especial al fomento y desarrollo del Euskera.

La Junta General Extraordinaria y Universal de la Sociedad Anónima Pública Euskal Telebista / Televisión Vasca, S.A., en fecha 30 de noviembre de 2009, adoptó el Acuerdo de ampliación de su capital social en cuatro millones seiscientos ochenta y nueve mil novecientos noventa y nueve euros con sesenta y seis céntimos (4.689.999,66) mediante la emisión de setecientas ochenta mil trescientos sesenta y seis (780.366) acciones de seis euros y un céntimo (6,01 euros) de valor nominal, numeradas correlativamente de 15.013.049 al 15.793.414 ambos inclusive.

Siendo accionista único de la citada Euskal Telebista / Televisión Vasca, S.A. el Ente Público Euskal Irrati Telebista / Radio Televisión Vasca, le corresponde, por tanto, el ejercicio de los derechos que como socio ostenta en tal sociedad respecto a las nuevas acciones, requiriendo, de conformidad a lo expuesto en el primer párrafo, autorización del Consejo de Gobierno para proceder a la adquisición de las nuevas acciones.

Finalmente, conforme a lo dispuesto en el artículo 15.2 del Decreto 4/2009, de 8 de mayo, del Lehendakari, el Ente Público de Derecho Privado Euskal Irrati Telebista / Radiotelevisión Vasca se encuentra adscrito al Departamento de Cultura.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda y de la Consejera de Cultura, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión celebrada el día 22 de diciembre de 2009,

DISPONGO:

Artículo único.- Autorizar al Ente Público Euskal Irrati Telebista / Radio Televisión Vasca la toma de participación en la ampliación de capital de la Sociedad Anónima Pública Euskal Telebista / Televisión Vasca, S.A., cuatro millones seiscientos ochenta y nueve mil novecientos noventa y nueve euros con sesenta y seis céntimos (4.689.999,66) mediante la emisión de setecientas ochenta mil trescientos sesenta y seis (780.366) acciones de seis euros y un céntimo (6,01 euros) de valor nominal.

La toma de participación por el Ente Público Euskal Irrati Telebista / Radio Televisión Vasca es equivalente al 100% de la ampliación a realizar, con lo que, tras la citada ampliación de capital, la participación del Ente Público Euskal Irrati Telebista / Radio Televisión Vasca en dicha sociedad será de noventa y cuatro millones novecientos dieciocho mil cuatrocientos dieciocho euros con catorce céntimos de euro (94.918.418,14), distribuido en quince millones setecientos noventa y tres mil cuatrocientos catorce (15.793.414) acciones iguales de seis euros y un céntimo (6,01) de valor cada una, equivalente al 100% de su futuro capital social.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto surtirá efectos desde el día de su aprobación.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 22 de diciembre de 2009.

El Lehendakari,

FRANCISCO JAVIER LÓPEZ ÁLVAREZ.

El Consejero de Economía y Hacienda,

CARLOS AGUIRRE ARANA.

La Consejera de Cultura,

MARÍA BLANCA URGELL LÁZARO.


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