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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 246, miércoles 23 de diciembre de 2009


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 9 de Bilbao
6702

EDICTO dimanante de juicio verbal de desahucio n.º 699/09.

Juzgado de Primera Instancia n.º 9 de Bilbao (Bizkaia).

Juicio: J. verbal desh. L2 699/09.

Demandante: Laura Ruiz Mateo.

Abogado: Regina Ornilla Umaran.

Procurador: Xabier Núñez Irueta

Demandado: Mimoune Amaach.

Sobre: desahucio falta pago.

En el referido juicio se ha dictado sentencia cuyo contenido, en lo esencial, es la siguiente:

Primero.- Por el Procurador Sr. Núñez Irueta en nombre y representación de Laura Ruiz Mateo se formuló demanda de juicio verbal sobre desahucio de la finca urbana sita en Basauri, c/ Urbi 43, 3. e, fundada en la falta de pago de las rentas correspondientes a los meses de marzo, abril y mayo de 2009. La demanda fue admitida por auto de 2 de junio de 2009 señalándose para la celebración de la vista el día 19 de octubre de 2009, a las 09:25, citándose a las partes.

FALLO

1.- Estimar la demanda promovida por el Procurador Sr. Núñez Irueta, en nombre y representación de Laura Ruiz Mateo, frente a Mimoune Amaach, declarando resuelto el contrato de arrendamiento de la finca reseñada en los antecedentes de esta resolución, condenando a la parte demandada a su desalojo, bajo apercibimiento de lanzamiento si no lo verifica en el plazo legal.

2.- Se imponen a la parte demandada el pago de las costas causadas en este proceso.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado Mimoune Amaach y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia.

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de este edicto y limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la LECn).

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición el interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Bilbao (Bizkaia), a 19 de octubre de 2009.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental