N.º 225, lunes 23 de noviembre de 2009
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Administración de Justicia
Juzgado de Primera Instancia N.º 5 de Donostia-San Sebastián
6193
EDICTO dimanante del juicio cambiario n.º 717/09.
Juzgado de Primera Instancia n.° 5 de Donostia-San Sebastián.
Juicio: J. cambiario L2 717/09.
Parte Demandante: Obras y Promociones Infranorte, S.L.
Parte Demandada: Elevalift, S.L.
Sobre: juicio cambiario.
En el juicio referenciado se ha acordado entregar a la parte demandada la cédula cuyo texto literal es el siguiente:
REQUERIMIENTO
Tribunal que acuerda el requerimiento: Juzgado de Primera Instancia n.º 5 de Donostia-San Sebastián.
Asunto en que se acuerda: el arriba referenciado.
Persona a la que se requiere: Elevallft, S.L. Domicilio: Plaza Iribar, n.º 2-1.°, Oficina 11, Donostia-San Sebastián.
Orden que se debe cumplir: pagar la cantidad de 10.784 euros de principal y 3.235 euros en concepto de intereses de demora, gastos y costas, sin perjuicio, estos últimos, de ulterior liquidación.
Plazo para el cumplimiento de lo ordenado: diez días.
PREVENCIONES LEGALES
1.- Si no paga en dicho plazo, ni presenta demanda de oposición en igual plazo al juicio cambiario por las causas o motivos previstos en el artículo 67 de la Ley Cambiaria y del Cheque, se despachará ejecución contra sus bienes por las cantidades reclamadas (artículo 824 LECn).
2.- Por el simple hecho de la oposición no quedará sin efecto el embargo preventivo acordado (artículo 827 LECn).
3.- La demanda de oposición requiere la firma de Abogado y Procurador.
Y para que sirva de requerimiento extiendo el presente para su entrega al requerido a efectos de su conocimiento y cumplimiento de lo ordenado.
En Donostia-San Sebastián, a 22 de junio de 2009.
LA SECRETARIO JUDICIAL.
En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de 02-11-2009 el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial del País Vasco para llevar a efecto la diligencia de requerimiento.
En Donostia-San Sebastián, a 2 de noviembre de 2009.
LA SECRETARIO JUDICIAL.