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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 126, viernes 3 de julio de 2009


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Autoridades y Personal

Vivienda, Obras Públicas y Transportes
3835

DECRETO 404/2009, de 16 de junio, por el que se cesan y se designan vocales de los Consejos de Administración de las Autoridades Portuarias de Bilbao y Pasajes.

La Ley 62/1997, de 26 de diciembre, de modificación de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, regula los puertos clasificados como de interés general, clasificación que, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Euskadi corresponde a los de Bilbao y Pasajes.

Dada la organización territorial del Estado y el impacto económico y social que para las Comunidades Autónomas tienen los puertos de interés general ubicados en su territorio, la citada Ley establece las medidas precisas para facilitar que aquéllas participen con mayor intensidad en la estructura organizativa de las Autoridades Portuarias, órganos rectores de dichos puertos.

A tal fin, la Ley 62/1997, de 26 de diciembre, ha dispuesto en el punto 14 de su artículo único que el número de Vocales de los Consejos de Administración de las Autoridades Portuarias sea establecido por las Comunidades Autónomas, correspondiendo, asimismo, a las mismas la designación de dichos Vocales, a propuesta de las Administraciones públicas, entidades y organismos representados en el Consejo de Administración, conforme a los criterios que dicho punto 14 establece.

En cumplimiento de lo establecido en la citada Ley, el Consejo de Gobierno Vasco aprobó el Decreto 82/1998, de 5 de mayo, por el que se determina el procedimiento y el órgano competente de la Comunidad Autónoma del País Vasco para designar y separar a los Presidentes de las Autoridades Portuarias de Bilbao y Pasajes y a los Vocales de sus respec-tivos Consejos de Administración.

El citado Decreto 82/1998, de 5 de mayo, establece en su artículo 2, apartados 2 y 3 lo siguiente:

«Corresponde al Consejero de Transportes y Obras Públicas la elevación y, en su caso, propuesta de designación y separación al Consejo de Gobierno de los vocales del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria, de conformidad con lo señalado en los siguientes artículos».

«La duración de los nombramientos de los vocales del Consejo de Administración será de cuatro años. En el supuesto de que un vocal sea separado del Consejo de Administración a propuesta de las organizaciones, organismos y entidades a que represente, la duración del nombramiento del nuevo vocal que le sustituya será por el tiempo que reste hasta cubrir el plazo de cuatro años.»

A su vez, el artículo 6 del citado Decreto 82/1998, de 5 de mayo, determina los vocales que se han de nombrar, en representación de la Comunidad Autónoma, en los Consejos de Administración de las Autoridades Portuarias de Bilbao y Pasajes, así como el número de vocales que les corresponde proponer a las diferentes instituciones.

En cumplimiento de la citada disposición, el Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes ha requerido a los Departamentos de Industria e Innovación y Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca para que comuniquen la propuesta de sus representantes en los Consejos de Administración de las Autoridades Portuarias de Bilbao y Pasajes.

Las citadas propuestas han sido, a su vez, notificadas al Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes para su posterior elevación al Consejo del Gobierno Vasco.

Asimismo, el Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes ha propuesto la designación de los representantes de su Departamento.

En su virtud, y de conformidad con lo establecido en la Ley 7/1981, de 30 de junio, de Gobierno, así como en el Decreto 82/1998, de 5 de mayo, por el que se determina el procedimiento y el órgano competente de la Comunidad Autónoma del País Vasco para designar y separar a los presidentes de las Autoridades Portuarias de Bilbao y Pasajes y a los vocales de sus respectivos Consejos de Administración, a propuesta del Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el 16 de junio de 2009,

DISPONGO:

Artículo 1.- Cesar como vocales del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Bilbao a las personas que a continuación se mencionan, a propuesta de los Departamentos del Gobierno Vasco que se indican:

1.1.- En representación del Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes del Gobierno Vasco:

- Don Joseba Andoni Idoiaga Uribe.

- Doña Mireia Elkoroiribe Zenikaonandia.

- Don José Luis Landaburu Agote.

1.2.- En representación del Departamento de Industria e Innovación del Gobierno Vasco:

Don José Ignacio Tellechea Fernández.

Don Iñigo Ortúzar Angulo.

1.3.- En representación del Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca:

Don Tomás Epalza Solano.

Artículo 2.- Designar como vocales del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Bilbao a las personas que a continuación se relacionan, que actuarán en representación de los Departamentos del Gobierno Vasco que se indican:

2.1.- En representación del Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes del Gobierno Vasco:

Don Félix Joaquín Asensio Robles.

Don Ernesto José Gasco Gonzalo.

Don Miguel Torres Lorenzo.

2.2.- En representación del Departamento de Industria e Innovación:

Don Pedro Hernández González.

Don José Ignacio Aspichueta Larruscain.

2.3. En representación del Departamento de medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca:

Don Manuel Velasco Álvarez.

Artículo 3.- Cesar como vocales del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Pasajes a las personas que a continuación se mencionan, a propuesta de los Departamentos del Gobierno Vasco que se indican:

3.1.- En representación del Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes del Gobierno Vasco:

Don Joseba Andoni Idoiaga Uribe.

Doña Nuria López de Guereñu Ansola.

Don José Luis Goikoetxea Garmendia.

3.2.- En representación del Departamento de Industria e Innovación del Gobierno Vasco:

Don Josu Santiago Burrutxaga.

Don Alejandro López Carcomo.

3.3.- En representación del Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca:

Doña Ana Oregi Bastarrika.

Artículo 4.- Designar como vocales del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Pasajes a las personas que a continuación se relacionan, que actuarán en representación de los Departamentos del Gobierno Vasco que se indican:

4.1.- En representación del Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes del Gobierno Vasco:

Don Ignacio María Arriola López.

Don Félix Joaquín Asensio Robles.

Don Ernesto José Gasco Gonzalo.

Don Manuel Huertas Vicente.

4.2.- En representación del Departamento de Industria e Innovación:

Don Francisco Javier Garmendia Martínez.

4.3.- En representación del Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca:

Don Juan Pablo Medrano Olmeño.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto surtirá efectos desde el día de la notificación a los Presidentes de los Consejos de Administración de las Autoridades Portuarias de Bilbao y Pasajes de la designación de los vocales correspondientes a cada uno de ellos, y se publicará en el Boletín Oficial del País Vasco.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 16 de junio de 2009.

El Lehendakari,

FRANCISCO JAVIER LÓPEZ ÁLVAREZ.

El Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes,

IGNACIO MARÍA ARRIOLA LÓPEZ.


Análisis documental