Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 118, martes 23 de junio de 2009


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 4 de Barakaldo
3659

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 921/08 seguido sobre reclamación de cantidad.

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Pro. ordinario L2 921/08 seguido en el Juzgado de Primera Instancia n.° 4 de Barakaldo (Bizkaia) a instancia de Banesto Renting, S.A. contra Rosa Maria Dunes Martinez sobre declamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Sentencia n.° 67/09

En Barakaldo, a catorce de abril de dos mil nueve.

Vistos por doña Marina Ruiz Gómez, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia n.° 4 de los de Barakaldo y su partido, los autos seguidos bajo el número 921/08 instados por la procuradora Sra. Fernández Samaniego en nombre de Banesto Renting, S.A asistida por el Letrado Sr. Caravaca Cid frente a doña Rosa María Dunes Martinez, en rebeldía, sobre reclamación de cantidad.

FALLO

Estimo la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Fernández Samaniego en nombre de Banesto Renting, S.A frente a doña Rosa María Dunes Martinez con los siguientes pronunciamientos:

A) Declaro válida, en cuanto a su fecha y efectos, la resolución anticipada del contrato n.° 52.149, operada por la demandante.

B) Condeno a la demandada a:

1) Satisfacer a Banesto Renting, S.A. la cantidad de tres mil ochocientos cuarenta y tres euros con cuatro cuatro céntimos de euro (3.843,04 euros).

2) Abonar los intereses moratorios pactados desde la última liquidación practicada.

3) Abonar las costas que se de venguen en el presente procedimiento.

4) Devolver del bien arrendado.

Contra esta resolución, que no es firme, cabe interponer recurso de apelación que se presentará por escrito ante este juzgado en el término de cinco días.

Así por ser esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Rosa Maria Dunes Martinez, extiendo y firmo la presente en Barakaldo (Bizkaia), a cuatro de mayo de dos mil nueve.

EL/LA SECRETARIO.


Análisis documental