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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 106, viernes 5 de junio de 2009


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Otras Disposiciones

Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca
3313

RESOLUCIÓN de 18 de mayo de 2009, del Viceconsejero de Ordenación del Territorio y Aguas, por la que se resuelve y hace pública la concesión de subvenciones para la realización del mapa municipal en papel y de cartografía urbana a escala 1/500.

HECHOS

Mediante Orden de 9 de diciembre de 2008 de la Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, publicada en el BOPV n.º 249 de 30 de diciembre de 2008, se regula la concesión de subvenciones para la realización de mapas municipales en papel y de cartografía urbana a escala 1/500.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

1.- Este órgano es competente para conceder o denegar las ayudas solicitadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Orden de 9 de diciembre de 2008.

2.- La cuantía de las subvenciones propuestas se ha calculado de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la Orden reguladora, utilizando las fórmulas recogidas en este artículo a la hora de calcular la cuantía máxima de las subvenciones a conceder.

3.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la Orden de referencia, a la vista de los criterios de adjudicación establecidos en el artículo 6 de la misma y previo estudio de la propuesta de concesión elaborada por el tribunal de valoración constituido al efecto,

RESUELVO:

Primero.- Conceder las subvenciones para la realización de mapas municipales en papel a las entidades beneficiarias relacionadas en el anexo I.

Segundo.- Conceder las subvenciones para la ejecución de la cartografía a escala 1/500 en suelo urbano residencial, a los Ayuntamientos relacionados en el anexo II.

Tercero.- Denegar las solicitudes relacionadas en el anexo III por los motivos que en el mismo se señalan.

Cuarto.- Los plazos máximos para la contratación de los trabajos objeto de la subvención y para su ejecución, son los establecidos en el artículo 8.2 de la Orden de 9 de diciembre de 2008.

Quinto.- El pago de la subvención se realizará de acuerdo con los plazos y condiciones establecidos en el artículo 9 de la Orden reguladora.

Sexto.- Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, sin perjuicio de la notificación expresa a cada uno de los adjudicatarios.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común.

En Vitoria-Gasteiz, a 18 de mayo de 2009.

El Viceconsejero de Ordenación del Territorio y Aguas,

IGNACIO ACHUCARRO ARRUABARRENA.

I. ERANSKINA / ANEXO I

MAPA PAPEREAN EGITEKO DIRU-LAGUNTZA JASO DUTEN ERAKUNDEN ZERRENDA

RELACIÓN DE ENTIDADES SUBVENCIONADAS PARA LA REALIZACIÓN DEL MAPA MUNICIPAL EN PAPEL

(Véase el .PDF)

II. ERANSKINA / ANEXO II

HIRI-LURZORUAREN KARTOGRAFIA 1:500 ESKALAN EGITEKO DIRU-LAGUNTZA JASO DUTEN UDALEN ZERRENDA

RELACIÓN DE ENTIDADES SUBVENCIONADAS PARA LA REALIZACIÓN DE CARTOGRAFÍA URBANA A ESCALA 1/500

(Véase el .PDF)

III. ERANSKINA / ANEXO III

DIRU-LAGUNTZA JASO EZ DUTEN UDALEN ZERRENDA

RELACIÓN DE ENTIDADES NO SUBVENCIONADAS

(Véase el .PDF)


Análisis documental