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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 69, martes 14 de abril de 2009


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Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 4 de Irun
2022

EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 425/08 seguido sobre desahucio por falta de pago de rentas y reclamación de cantidad.

Juzgado de Primera Instancia N.° 4 de Irun (Gipuzkoa).

Juicio: J. Verbal Desh. L2 425/08.

Demandante: Señoris Txiki, S.L.

Abogado: Loza Saldias, Daniel.

Procurador: Guadalupe Amunarriz Agueda.

Demandado: Naiara Sordón Blanco.

Sobre: deshaucio por falta pago rentas y reclamación de cantidad.

En el referido juicio se ha dictado sentencia fallo es la siguiente:

Estimo la demanda presentada por la Procurador de los Tribunales Dña. Guadalupe Amunárriz en nombre y representación de Señoris Txiki, S.L., debo declarar y declaro la resolución del contrato de arrendamiento que une a las partes litigantes sobre el local comercial n.° 5 sito en la c/ Arkale, n.° l0, Bajo de Irun, habiendo lugar al desahucio por falta de pago, condenando a Dña. Naiara Sordón Blanco a su desalojo, ratificando el lanzamiento señalado para el día 17 de abril de 2009 a las 09:00 horas, previo cumplimiento de las formalidades legales, así como a abonar al actor la suma de 1.760,54 euros, más las rentas que se vayan devengando desde la fecha actual hasta el efectivo desalojo, más los intereses legales desde la fecha de la presente resolución, con imposición a la demandada de las costas procesales causadas.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada Dña. Naiara Sordón Blanco y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Gipuzkoa.

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de este edicto y limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la LECn).

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Irun, a 17 de marzo de 2009.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.


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