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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 34, miércoles 18 de febrero de 2009


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Sanidad
896

EDICTO por el que se notifica a Escuela de Masaje Irrintzi en la c/ Florida n.º 39, 1.º de Vitoria-Gasteiz, la formulación de resolución de expediente sancionador n.º: 1/2008 que se le ha instruido.

Habiendo sido dictada resolución del expediente sancionador que se ha instruido a Escuela de Masaje Irrintzi, y no habiendo sido posible su notificación por los cauces previstos en el artículo 59 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por la presente se procede a notificar la formulación de dicha resolución, en la que se impone una sanción de multa de 900 euros por la comisión de dos infracciones sanitarias leves en su grado mínimo.

Contra la resolución, que se encuentra a su disposición en la Dirección Territorial de Sanidad de Álava, sita en c/ Olaguibel, 38 de Vitoria-Gasteiz, podrá formular recurso de alzada en el plazo de 1 mes a partir de la fecha del presente edicto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 39 de la Ley 2/1998.

El pago de la multa impuesta como sanción deberá hacerse efectiva mediante ingreso a favor del Gobierno Vasco, n.º de Cuenta: 3035-0056-40-0560900123 de Caja Laboral Popular.

Si la resolución ha sido publicada entre los días 1 y 15 del mes, el tiempo de pago en periodo voluntario será desde la fecha de publicación hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil siguiente, si aquél fuera inhábil.

Si la resolución ha sido publicada los días 16 y último del mes, el tiempo de pago en período voluntario será desde la fecha de la publicación hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior, si aquél fuere inhábil.

La falta de pago de la multa en periodo voluntario dará lugar a su recaudación por la vía de apremio, según lo establecido en las disposiciones vigentes.

En Vitoria-Gasteiz, a 26 de enero de 2009.

El Director Territorial de Sanidad de Álava,

GUILLERMO VIÑEGRA GARCIA.


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