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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 34, miércoles 18 de febrero de 2009


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Administración de Justicia

Audiencia Provincial de Álava
882

EDICTO dimanante del procedimiento de impugnación de tasación de costas n.º 176/07.

Audiencia Provincial de Alava (Sección l.ª).

Recurso: tasación costas 176/07.

Recurrente: Tesoreria General de la Seguridad Social.

Abogada: Beatriz Garcia.

Recurrente: «Scania Finance Hispania, S.A. Unipersonal».

Recurrido: «Transportes L. Chamorro, S.A.U.».

Procuradora: Marta Paul Nuñez.

Abogado: Javier Hierro Olavaria.

En el referido recurso se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:

La Audiencia provincial de Vitoria-Gasteiz compuesta por los Ilmos. Sres. D. Íñigo Madaria Azcoitia, Presidente, y Dña. Mercedes Guerrero Romeo, y D. Íñigo Elizburu Aguirre, Magistrados, ha dictado el día siete de enero de dos mil nueve, en nombre del Rey, la siguiente

SENTENCIA N.° 1/09

En el incidente de impugnación de tasación de costas del Rollo de Sala número 176/07, procedente del Juzgado de lo Mercantil n.° 1 de Vitoria-Gasteiz, Autos de Juicio de Concurso Abreviado núm. 96/05, instado por Transportes L. Chamorro, S.A.U. dirigida por el Letrado Sr. Hierro y representada por la Procuradora Sra. Paúl Núñez, siendo parte impugnada la Tesoreria General de la Seguridad Social dirigida y representada por la letrada Dña. Beatriz García. Ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Presidente D. Íñigo Madaria Azcoitia.

FALLAMOS

Desestimando la impugnación por partidas indebidas de la tasación de costas efectuada en el presente rollo el 17 de julio de 2008, promovida por la Tesorería General de la Seguridad Social, debemos confirmar la misma, sin perjuicio de la impugnación por excesivas. se imponen a la impugnante las costas del incidente.

Frente a la presente resolución no cabe interponer recurso ordinario de clase alguna.

Con certificación de esta sentencia remítanse los autos originales al Juzgado de procedencia para su conocimiento y ejecución.

Así, por esta nuestra Sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado «Scania Finance Hispania, S.A.Unipersonal» y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuicimiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de País Vasco.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Vitoria-Gasteiz, a 15 de enero de 2009.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental