
N.º 12, lunes 19 de enero de 2009
- Otros formatos:
- Texto bilingüe
El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico
Autoridades y Personal
Sanidad
221
RESOLUCIÓN 4260/2008, de 9 de diciembre, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueban las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de Microbiólogo-Parasitólogo del Grupo Profesional de Facultativos Médicos y Técnicos con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
Mediante Resolución 4235/2008, de 28 de noviembre, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se aprueban las bases generales que han de regir los procesos selectivos para la adquisición del vínculo estatutario fijo en Osakidetza-Servicio vasco de salud.
Para la materialización de cada proceso selectivo es necesaria la publicación de las bases específicas que han de regir la convocatoria de destinos de cada categoría, en la que se especifiquen las características particulares de cada uno de los destinos ofertados.
Por ello, de conformidad con lo establecido en la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, el Decreto 186/2005, de 19 de julio, que regula los puestos funcionales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, y en el Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se establecen los Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, y demás disposiciones de vigente aplicación, y oídas las Organizaciones Sindicales del Sector,
RESUELVO:
Primero.- Convocar las pruebas selectivas que son objeto de las presentes bases.
Segundo.- Aprobar las bases específicas, que figuran como anexo I, que han de regir el proceso selectivo para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de Microbiólogo-Parasitólogo del Grupo Profesional de Facultativos Médicos y Técnicos.
Tercero.- Aprobar la relación de destinos ofertados mediante el anexo II que acompaña a la presente Resolución.
Cuarto.- Aprobar el baremo de méritos que figura como anexo III de la presente Resolución.
Quinto.- Aprobar el temario correspondiente que figura como anexo IV de la presente Resolución.
Sexto.- De acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, y en la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, así como en el Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se establecen los Estatutos Sociales de Osakidetza, contra esta Resolución podrá ser interpuesto recurso de alzada ante el Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOPV.
En Vitoria-Gasteiz, a 9 de diciembre de 2008.
La Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud,
GLORIA QUESADA MENÉNDEZ
ANEXO I
BASES ESPECÍFICAS QUE HAN DE REGIR EL PROCESO SELECTIVO PARA LA ADQUISICIÓN DEL VÍNCULO ESTATUTARIO FIJO EN LA CATEGORÍA DE MICROBIÓLOGO-PARASITÓLOGO, DEL GRUPO PROFESIONAL DE FACULTATIVOS MÉDICOS Y TÉCNICOS, CON DESTINO EN LAS ORGANIZACIONES DE SERVICIOS SANITARIOS DE OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD
1.- Destinos objeto de convocatoria.
1.1.- Son objeto de esta convocatoria los destinos de la categoría de Microbiólogo-Parasitólogo del Grupo Profesional de Facultativos Médicos y Técnicos, con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud, recogidos en el anexo II. Estos destinos al haber sido ofertados en el concurso de traslados podrán ver modificado su numero y características en función de la resolución del mismo.
Asimismo serán objeto de esta convocatoria los destinos que se indican en la base 1 de las bases generales que rigen el presente proceso.
1.2.- De los destinos convocados, se reservan para su provisión por personal discapacitado el 5% que se fijaran en el momento de la determinación definitiva de los destinos ofertables previsto en las bases generales.
2.- Requisitos de los aspirantes.
Para participar en el proceso que aquí se regula, los aspirantes habrán de reunir al último día del plazo de presentación de solicitudes, salvo las excepciones que se prevean en las bases generales, debiendo mantener su cumplimiento hasta efectuar la toma de posesión del destino que, en su caso, se adjudique, además de los requisitos exigidos en las bases generales, los siguientes:
a) Estar en posesión o en condiciones de obtener la titulación de Licenciado/a en Medicina y Cirugía, Farmacia, Biología, Bioquímica o Química, y la de especialista en Microbiología y Parasitología, expedida por el Ministerio de Educación y Ciencia, de conformidad con lo dispuesto en el anexo I del Decreto 186/2005, de 19 de julio, que regula los puestos funcionales del Ente Público Osakidetza.
b) En todo caso, deberán cumplirse los requisitos del puesto al que se opte, según lo dispuesto en el Decreto 186/2005, de 19 de julio, que regula los puestos funcionales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, así como cualesquiera otros establecidos por la normativa vigente.
3.- Desarrollo del concurso oposición.
3.1.- Fase de oposición.
1) La fase de oposición estará constituida por los ejercicios que se indican a continuación:
a) Primer ejercicio: corresponderá al tribunal determinar el contenido de la prueba y su duración. La misma consistirá en la contestación por escrito en el plazo máximo que se fije, de un cuestionario de preguntas que versará sobre las materias del programa que se contiene en el anexo IV.
Asimismo, mediante su inclusión en el citado anexo, se facilitará la bibliografía para la preparación de la prueba.
b) Segundo ejercicio: consistirá en la realización de los ejercicios prácticos que proponga el tribunal, bien mediante la contestación de cuestionarios de preguntas, bien mediante otras modalidades.
Dicho ejercicio estará relacionado con las funciones específicas del destino y tendrá como finalidad la valoración de las aptitudes, destrezas, conocimientos y capacidad profesional de los aspirantes para el desempeño de dicho destino.
3.2.- Tras la relación de aspirantes por orden de puntuación prevista en el apartado 14 de las bases generales los aspirantes deberán aportar, además de la documentación que se relaciona en la base 14.2, la siguiente:
Fotocopia compulsada o testimonio notarial de la titulación de de Licenciado/a en Medicina y Cirugía, Farmacia, Biología, Bioquímica o Química, y de la de especialista en Microbiología y Parasitología, expedida por el Ministerio de Educación y Ciencia, de conformidad con lo dispuesto en el anexo I del Decreto 186/2005, de 19 de julio, que regula los puestos funcionales del Ente Público Osakidetza.
3.3.- Fase de concurso.
Se valorarán los méritos acreditados, según el baremo de méritos que se acompaña como anexo III, y que se hubieran alegado en el modelo que hay que cumplimentar en la página web.
3.4.- Toma de posesión.
Además de la documentación mencionada en el apartado 17 de las bases generales, quienes tomen posesión de alguno de los destinos de la presente convocatoria deberán aportar en el acto de la toma de posesión la siguiente:
Certificado de Colegiación.
ANEXO II
RELACIÓN DE DESTINOS CATEGORÍA: MICROBIÓLOGO-PARASITÓLOGO
PUESTO FUNCIONAL: FAC. ESP. MÉDICO-TÉCNICO MICROBIOLOGÍA Y PARASITOLOGÍA
Conforme a lo previsto en al apartado primero de la base 1.1 de las bases generales aprobadas por Resolución 4235/2008, de 28 de noviembre, de la Directora General de Osakidetza, se convocan 3 destinos.
De conformidad con dicha base la determinación definitiva de los destinos ofertables se efectuará con anterioridad a la publicación de la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
ANEXO III
BAREMO DE MÉRITOS DE LA CATEGORÍA DE MICROBIÓLOGO-PARASITÓLOGO DEL GRUPO PROFESIONAL DE FACULTATIVOS MÉDICOS Y TÉCNICOS.
1.- Experiencia profesional: máximo 50 puntos.
Se computará el tiempo de servicios que los aspirantes tuvieran reconocido hasta el último día del plazo de presentación de solicitudes.
El cómputo de servicios prestados derivados de un nombramiento eventual de atención continuada de la especialidad correspondiente, se realizará aplicándose un porcentaje del 50% respecto del cómputo ordinario de servicios prestados.
Del cómputo total, que se efectuará en base a los días naturales trabajados, se despreciarán los restos que resulten inferiores al mes. A estos efectos se entenderá por mes el conjunto de 30 días naturales.
La antigüedad como especialista de quienes hayan accedido al título al amparo del Real Decreto 1497/1999, de 24 de septiembre, valorará, según lo dispuesto en la Ley 62/2003, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y en los términos previstos en la convocatoria, la totalidad del ejercicio profesional efectivo del interesado dentro del campo propio y específico de la especialidad, descontando de tal ejercicio y en el periodo inicial del mismo el 170 por 100 del periodo de formación establecido para dicha especialidad en España. El indicado descuento no se producirá respecto de quienes hubieran obtenido el título de especialista de acuerdo con lo previsto en la disposición adicional tercera del Real Decreto 1497/1999.
1.1.- Por cada mes de servicios prestados en la misma categoría y especialidad de que se trate o en puestos de gestión del área médica en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza, de la Seguridad Social o de los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas o en cualquier Administración Pública, así como aquellos servicios prestados en los Servicios Sanitarios de la red pública de los demás estados miembros de la Unión Europea: 0,30 puntos.
1.2.- Por cada mes de servicios prestados como Facultativo de Cupo y Zona en la especialidad de que se trate en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud o de cualquier Administración Pública, así como aquellos servicios prestados en los Servicios Sanitarios de la red pública de los demás estados miembros de la Unión Europea: 0,15 puntos.
1.3.- Por cada mes de servicios prestados como Facultativo en medicina general u otras especialidades o como Personal Investigador en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud o de cualquier Administración Pública o en Centros Oficiales de Investigación u Organizaciones adscritas al Sistema Nacional de Salud, así como aquellos servicios prestados en los Servicios Sanitarios de la red pública de los demás estados miembros de la Unión Europea: 0,075 puntos.
1.4.- Por cada mes de servicios prestados en el desempeño de puestos de gestión de nivel superior en el área de gestión y servicios generales en Instituciones Sanitarias Públicas: 0,07 puntos.
Al personal que acceda a través del turno de promoción interna se le computarán los servicios previos conforme a continuación se detalla:
a) Servicios prestados por personal en el grupo E: 0,02 puntos/mes.
b) Servicios prestados por personal en el grupo D: 0,04 puntos/mes.
c) Servicios prestados por personal en el grupo C: 0,05 puntos/mes.
d) Servicios prestados por personal en el grupo B: 0,06 puntos/mes.
e) Servicios prestados por personal en el grupo A: 0,15 puntos/mes.
f) Servicios prestados por personal en el mismo puesto al que se opta: 0,30 puntos/mes.
Los servicios prestados en comisión de servicios o desempeño de funciones de superior categoría se computarán en el puesto efectivamente desempeñado.
Asimismo se computarán en el puesto de origen los servicios prestados en situación de servicios especiales.
2.- Formación, docencia e investigación (máximo 20 puntos).
Se valorará dentro de este apartado la formación que resulte acreditada conforme a lo siguiente:
a) Formación pregrado (máximo 3 puntos).
La valoración del expediente académico se obtendrá en estos supuestos de la siguiente forma:
(N.º sobresalientes X 6) + (N.º Matrículas honor X 9)
N.º total asignaturas
No se evaluarán y por ello tampoco estarán comprendidas en el divisor, las asignaturas que hayan sido objeto de convalidación oficial ni las calificaciones correspondientes a las asignaturas de Religión, Formación Política, Educación Física, Idiomas, u otras asignaturas que no guarden una relación sustancial con el contenido esencial de los estudios de Licenciatura en Medicina.
b) Formación postgrado (máximo 5 puntos).
- Grado de licenciatura (sobresaliente o matrícula de honor): 1 punto.
- Suficiencia investigadora/Diploma estudios avanzados: 2 puntos.
- Experto universitario: 2 puntos.
- Master Universitario oficial: 3 puntos.
- Grado de Doctor: 4 puntos.
- Doctor cum laude: 5 puntos.
Otra titulación superior relacionada: 4 puntos.
c) Formación especializada.
1) Aspirantes que se encuentren en posesión de otro u otros títulos de alguna o algunas de las especialidades legalmente reconocidas distinto del requerido para el acceso a la categoría, siempre que hubieran sido obtenidos previo cumplimiento como residentes del programa de formación especializada para facultativos reconocido oficialmente 1 punto.
2) Aspirantes que se encuentren en posesión de otro u otros títulos de especialista distinto del requerido para el acceso a la categoría vía no MIR: 0,50 puntos.
d) Formación continuada (máximo 12 puntos).
Por la asistencia a cursos relacionados con la categoría del destino solicitado:
- Hasta 9 horas: 0,05 puntos.
- 10 a 19 horas: 0,1 puntos.
- 20 a 29 horas: 0,2 puntos.
- 30 a 49 horas: 0,4 puntos.
- 50 a 99 horas: 0,6 puntos.
- 100 a 249 horas: 1 punto.
- 250 a 599 horas: 3 puntos.
- 600 o más horas: 4 puntos.
Cuando en las certificaciones de los cursos conste únicamente el número de créditos, la puntuación será de 0,15 puntos por crédito.
En aquellas certificaciones en las que no conste el mínimo de horas de duración del curso, o la equivalencia de los créditos en horas, o en los que conste tanto el número de horas como el de créditos reconocidos por la Administración Pública que imparta esta formación, el tribunal, a la vista de la certificación aportada y del contenido del curso, asignará la puntuación correspondiente sin que en ningún caso pueda otorgar una puntuación inferior a 0,05 puntos.
Únicamente se valorarán cursos impartidos y acreditados por Organismos Oficiales, Universidades, Instituciones Sanitarias, Colegios Profesionales y Sociedades Científicas, así como los cursos impartidos y acreditados en virtud de los Acuerdos de Formación Continua suscritos por la Administración de la Comunidad Autónoma Vasca, siempre que no formen parte de un plan de estudios para la obtención de una titulación oficial.
e) Actividades Docentes (máximo 6 puntos).
- Catedrático de Facultad / Escuela Universitaria (por año): 0,125 puntos.
- Profesor titular o asociado de Facultad / Escuela Universitaria (por año): 0,063 puntos.
- Tutor acreditado para la docencia de residentes, en su caso, de la especialidad de que se trate (por año): 0,125 puntos.
- Docencia en programas oficiales de formación continuada (por hora): 0,025 puntos.
f) Actividades científicas y de difusión del conocimiento (máximo 8 puntos).
Por la publicación de trabajos científicos, presentación de ponencias, comunicaciones, conferencias o mesas redondas relacionadas con el puesto funcional del destino solicitado:
- Por cada Ponencia regional: 0,12 puntos.
- Por cada Ponencia nacional: 0,25 puntos.
- Por cada Ponencia internacional: 0,35 puntos.
- Por cada Comunicación oral/Póster regional: 0,05 puntos.
- Por cada Comunicación oral/Póster nacional: 0,10 puntos.
- Por cada Comunicación oral/Póster internacional: 0,20 puntos.
- Por cada Mesa redonda regional: 0,10 puntos.
- Por cada Mesa redonda nacional: 0,20 puntos.
- Por cada Mesa redonda internacional: 0,30 puntos.
- Por cada Publicación (primer autor): 0,50 puntos.
- Por cada Publicación (otros autores): 0,25 puntos.
- Por cada libro (primer autor): 1 punto.
- Por cada libro (otros autores): 0,50 puntos.
- Por cada capítulo (primer autor): 0,50 puntos.
- Por cada capítulo (otros autores): 0,25 puntos.
- Por tesina: 1 punto.
No se valorarán otros méritos no especificados en este apartado.
g) Desarrollo Profesional (máximo 20 puntos).
Los aspirantes podrán optar por la asignación de la puntuación correspondiente al nivel de desarrollo profesional reconocido de acuerdo con las bases específicas en sustitución de la que les pudiera corresponder de acuerdo con los apartados d) (Formación continuada), e) (Actividades docentes) y f) (Actividades científicas y de difusión del conocimiento):
- Nivel IV: 20 puntos.
- Nivel III: 17 puntos.
- Nivel II: 14 puntos.
- Nivel I: 11 puntos.
Dicha opción se hará efectiva en el momento de la presentación de méritos.
h) Idiomas (máximo 5 puntos):
- Francés: máximo 3 puntos.
- Inglés: máximo 3 puntos.
- Alemán: máximo 3 puntos.
i) Conocimientos informáticos (máximo 2 puntos).
3.- Euskera.
- PL2: 17 puntos.
- PL1: 8,5 puntos.
ANEXO IV
TEMARIO DE MÉDICO-TÉCNICO ESPECIALISTA DE LOS GRUPOS PROFESIONALES DE FACULTATIVOS MÉDICOS Y TÉCNICOS
ESPECIALIDAD: MICROBIOLOGÍA Y PARASITOLOGÍA.
1.- PROGRAMA TEÓRICO
1.- Introducción a la Microbiología: estructura y función de la célula microbiana.
1.1.- Eucariotas y procariotas.
1.2.- Envolturas de la célula bacteriana. Apéndices bacterianos, citoplasma, ribosomas, inclusiones; cromosoma bacteriano, plásmidos. Esporulación. Células de pared defectiva.
1.3.- Metabolismo microbiano.
1.4.- Reproducción y crecimiento bacteriano.
1.5.- Genética bacteriana. Variaciones fenotípicas y genotípicas.
1.6.- Transferencia genética.
2.- Taxonomía microbiana: criterios, métodos y clasificación de los microorganismos.
3.- Fundamentos de la biología molecular microbiana. Manipulación genética. Biología molecular de los factores de virulencia. Biología molecular de la interacción con antimicrobianos. Epidemiología molecular.
4.- Relaciones huésped-parásito.
4.1.- Modelos de interacción entre organismos.
4.2.- Flora normal.
4.3.- Mecanismos microbianos de colonización y agresión. Toxinas.
4.4.- Resistencia general y específica ante la infección.
4.5.- Patogenia de la infección.
4.6.- El huésped comprometido.
5.- Inmunología básica e inmunomicrobiología.
5.1.- Estudio general de la respuesta inmunitaria.
5.2.- Antígenos. Antígenos microbianos.
5.3.- Anticuerpos. Inmunoglobulinas.
5.4.- Reacciones antígeno-anticuerpo.
5.5.- Moduladores de la respuesta biológica.
5.6.- Inmunidad activa y pasiva.
5.7.- Hipersensibilidad humoral y celular.
6.- Esterilización y desinfección. Acción del medio ambiente sobre las bacterias. Agentes físicos y químicos. Esterilización. Desinfección.
7.- Bases microbiológicas de la terapéutica antimicrobiana.
7.1.- Concepto de antibiosis. Características y propiedades de los agentes antimicrobianos. Clasificación.
7.2.- Mecanismos de acción. Farmacología. Resistencia. Política d e utilización de los agentes antimicrobianos en ambiente intra y Extrahospitalario.
8.- Bacteriología sistemática.
8.1.- Espiroquetas. Bacterias espirales y curvadas.
8.2.- Cocos y bacilos Gram negativos aerobios.
8.3.- Bacilos Gram negativos anaerobios facultativos: enterobacterias.
8.4.- Bacilos Gram negativos anaerobios facultativos: no enterobacterias.
8.5.- Bacilos Gran negativos anaerobios.
8.6.- Cocos Gram negativos anaerobios.
8.7.- Rickettsia.
8.8.- Chlamydia.
8.9.- Mycoplasma.
8.10.- Cocos Gram positivos.
8.11.- Bacilos Gram positivos esporulados.
8.12.- Bacilos Gram positivos no esporulados.
8.13.- Mycobacterium, Nocardia y géneros afines.
9.- Micología sistemática. Biología general y clasificación de los hongos. Los hongos de las micosis superficiales. Hongos oportunistas. Hongos productores de micosis importadas.
10.- Parasitología sistemática.
10.1.- Biología general y clasificación de los parásitos.
10.2.- Protozoos sanguíneos y tisulares.
10.3.- Protozoos intestinales y urogenitales.
10.4.- Helmintos tisulares.
10.5.- Helmintos intestinales.
10.6.- Artrópodos de interés sanitario.
10.7.- Parasitosis importadas y tropicales.
11.- Virología sistemática.
11.1.- Morfología, estructura y clasificación de los virus.
11.2.- Replicación y ciclo infectivo vírico.
11.3.- Genética de los virus.
11.4.- Cultivo de los virus.
11.5.- Patogenia de la infección vírica.
11.6.- Virus RNA.
11.7.- Virus DNA.
11.8.- Otros agentes subcelulares.
12.- Enfermedades infecciosas.
12.1.- Infecciones respiratorias.
12.2.- Infecciones urinarias.
12.3.- Enfermedades de transmisión sexual.
12.4.- Infecciones del aparato digestivo.
12.5.- Infecciones del sistema nervioso.
12.6.- Infecciones cardiovasculares. Endocarditis.
12.7.- Bacteriemias, sepsis e infecciones sistémicas.
12.8.- Infecciones del sistema hematopoyético y linforreticular.
12.9.- Infecciones osteoarticulares.
12.10.- Infecciones oftalmológicas y otorrinolaringológicas.
12.11.- Infecciones exantemáticas.
12.12.- Infecciones quirúrgicas.
12.13.- Infecciones de piel y tejidos blandos.
12.14.- Infecciones en el huésped comprometido.
12.15.- Infecciones en el trasplante.
12.16.- Infecciones en el SIDA.
12.17.- Infecciones en ADVP.
12.18.- Enfermedades de posible etiología microbiana.
13.- Epidemiología de las enfermedades infecciosas. Bioestadística.
13.1.- Estadística en Microbiología.
13.2.- Bases de la epidemiología general. Fuentes de infección.
13.3.- Mecanismos de transmisión directa o indirecta.
13.4.- Elementos generales de profilaxis.
13.5.- Infección intrahospitalaria y su control.
13.6.- Tratamiento estadístico de los datos epidemiológicos.
14.- Ensayos clínicos y bioética.
2.- PROGRAMA PRÁCTICO
1.- Aspectos generales.
1.1.- Normas de seguridad biológica. Reglamento nacional e internacional en materia postal.
1.2.- Laboratorios de referencia nacionales y extranjeros. Uso de los mismos.
1.3.- Lavado y preparación de material.
1.4.- Procedimientos básicos en esterilización y desinfección.
1.5.- Preparación de medios de cultivo. Envasado, conservación y control.
1.6.- Preparación de soluciones, colorantes y reactivos.
1.7.- Microscopio de transmisión, fondo oscuro, contraste de fases y fluorescencia. Microscopio electrónico.
1.8.- Manejo de otros instrumentos necesarios para los estudios microbiológicos.
1.9.- Manejo de animales para diagnóstico e investigación. Principios éticos.
1.10.- Nuevos procedimientos técnicos en Microbiología. Técnicas rápidas.
1.11.- Control de calidad. Bacterioteca y seroteca.
1.12.- Emisión de informes. Interpretación de los mismos.
1.13.- Archivo de datos. Tratamiento estadístico de la información.
2.- Procesamiento inicial de las muestras.
2.1.- Solicitud clínica y estudio microbiológico.
2.2.- Procedimientos para la correcta obtención de las muestras. Muestras más adecuadas, número, momento y condiciones.
2.3.- Circunstancias en las que debe obtenerse información adicional antes de procesar las muestras.
2.4.- Casos en los que no está justificada la realización de un estudio microbiológico. Interconsultas.
2.5.- Registro de muestras recibidas en el laboratorio.
3.- Bacteriología.
3.1.- Indicaciones. Obtención y transporte de las muestras.
3.2.- Estudio macroscópico y microscópico de las muestras. Tinciones.
3.3.- Selección de los medios adecuados para siembra primaria.
3.4.- Siembras primarias. Incubación, lectura y reconocimiento de colonias.
3.5.- Identificación bacteriana. Tipificación.
3.6.- Bacteriología especial: Micobacterias y Anaerobios. Laboratorios de referencia.
3.7.- Informes bacteriológicos. Interpretación de resultados.
3.8.- Recomendaciones terapéuticas y de control de las infecciones bacterianas.
4.- Virología.
4.1.- Indicaciones. Obtención y transporte de las muestras.
4.2.- Disponibilidades reales para el diagnóstico virológico. Laboratorios de referencia.
4.3.- Métodos estándar para el diagnóstico virológico. Cultivo. Técnicas rápidas.
4.4.- Interpretación de resultados. Informes virológicos.
5.- Micología.
5.1.- Indicaciones. Obtención y transporte de las muestras.
5.2.- Estudio microscópico. Tinciones.
5.3.- Cultivos en micología. Identificación. Laboratorios de referencia.
5.4.- Interpretación de resultados. Informes micológicos.
5.5.- Antifungigramas. Recomendaciones terapéuticas y control de las infecciones fúngicas.
6.- Parasitología.
6.1.- Indicaciones. Obtención y transporte de las muestras.
6.2.- Estudio macroscópico y microscópico. Tinciones.
6.3.- Identificación de los parásitos de mayor interés médico. Laboratorios de referencia.
6.4.- Interpretación de resultados. Informes parasitológicos.
6.5.- Recomendaciones terapéuticas y control de las parasitosis.
7.- Inmunomicrobiología. Serología.
7.1.- Indicaciones, validez y limitaciones de los estudios inmunomicrobiológicos.
7.2.- Técnicas inmunomicrobiológicas en bacteriología, virología, micología y parasitología.
7.3.- Obtención de antígenos, sueros policlonales y anticuerpos monoclonales.
7.4.- Aglutinación, precipitación, hemolisis, fijación del complemento, hemaglutinación, inmunofluorescencia (IF), radioinmunoanálisis (RIA), enzimoinmunoanális (EIA), FIAX, Western Blott, etc.
7.5.- Laboratorios de referencia.
8.- Métodos de diagnóstico rápido: técnicas de diagnóstico rápido.
8.1.- Sondas genéticas. PCR.
9.- Antimicrobianos.
9.1.- Indicaciones y utilidad de los estudios de susceptibilidad in vitro a los antimicrobianos.
9.2.- Técnicas para la determinación de la susceptibilidad a los antimicrobianos. Mínima concentración inhibitoria y bactericida.
9.3.- Estudio de las asociaciones de antimicrobianos.
9.4.- Valoración in vitro de nuevos antimicrobianos.
9.5.- Susceptibilidad in vitro de otros agentes a los antimicrobianos.
9.6.- Determinación de niveles de antimicrobianos en líquidos corporales. Actividad bacteriostática y bactericida de líquidos corporales.
10.- Microbiología ambiental y comunitaria.
10.1.- Investigación microbiológica y epidemiológica de brotes de enfermedades infecciosas.
10.2.- Sistemas de control de las enfermedades infecciosas.
10.3.- Relaciones de los laboratorios de Microbiología con los organismos dependientes de la Sanidad Pública.
11.- Investigación.
11.1.- Proyectos clínico-microbiológicos.
11.2.- Desarrollo de nuevas técnicas diagnósticas y procedimientos para determinar la actividad de los antimicrobianos.
11.3.- Investigación sobre mecanismos de patogenicidad e interacción huésped-microorganismo.
11.4.- Otras líneas de investigación microbiológica.
BIBLIOGRAFÍA RECOMENDADA
Manual of Clinical Microbiology. Patrick R. Murray et al. 9th Edition. 2007 American Society for Microbiology; ASM Press (en español: 5.ª Edición 2005).
RSS