Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 228, jueves 27 de noviembre de 2008


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Anuncios

Justicia, Empleo y Seguridad Social
6618

EDICTO de la Directora de Familia, sobre el expediente que a continuación se señala.

María Montserrat Rejado Corcuera, Directora de Familia del Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social del Gobierno Vasco, emite el siguiente

EDICTO

No habiéndose podido realizar la notificación de forma expresa a D. Mhammed Zannouti de la resolución dictada en el expediente n.º H-2006-01-149, en su domicilio tras dos intentos de entrega, se hace público el presente edicto en el Boletín Oficial del País Vasco, en cumplimiento del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones concordantes de pertinente aplicación, haciéndose saber al interesado que con fecha 22 de septiembre de 2008 se ha dictado la resolución que dice:

Denegación del pago correspondiente al ejercicio 2008.

Recibida la documentación a que hace referencia el artículo 6.2 del Decreto del Gobierno Vasco 176/2002, de 16 de julio, por el que se regulan las ayudas económicas a las familias con hijos e hijas, modificado por el Decreto 109/2006, de 30 de mayo, por el que se regula la ayuda económica por el nacimiento o adopción del primer hijo o de la primera hija, se ha comprobado que en su caso no se han mantenido los requisitos y circunstancias que dieron lugar a la concesión de la ayuda, ya que no ha estado empadronado en la Comunidad Autónoma del País Vasco durante el año completo anterior a la solicitud.

Por todo lo cual, no procede el pago de 1.100,00 euros, correspondientes al pago del ejercicio 2008 de la subvención concedida mediante Resolución de la Directora de Familia de fecha 29-11-2006.

No obstante, tendrá derecho a percibir el resto de anualidades reconocidas en la mencionada Resolución, siempre y cuando acredite el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Decreto, mediante solicitud de pago anual, que deberá presentar anualmente del 1 de enero al 31 de diciembre.

Y para que sirva de notificación en legal forma a D. Mhammed Zannouti, expido y firmo el presente edicto.

En Vitoria-Gasteiz, a 29 de octubre de 2008.

La Directora de Familia,

MARÍA MONTSERRAT REJADO CORCUERA.


Análisis documental