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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 149, jueves 7 de agosto de 2008


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Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 6 de Bilbao
4673

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 565/07.

Juzgado de Primera Instancia n.° 6 de Bilbao (Bizkaia).

Juicio: Me. hij. ex. con. L2 565/07.

Parte demandante: Maria Zulma Balderas Morato.

Parte demandada: Hector Pinto Garcia.

Sobre: L09 TIT.IV-VII L1 CC.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y fallo son del texto literal siguiente:

SENTENCIA N.° 363

Juez que la dicta: Ilmo. Sr. D. Francisco Benito Alonso.

Lugar: Bilbao (Bizkaia).

Fecha: uno de julio de dos mil ocho.

Parte demandante: Maria Zulma Balderas Morato.

Abogado: Lorena Rodriguez Mediavilla.

Procurador: Amalia Rosa Saenz Martin.

Parte demandada: Hector Pinto Garcia.

Abogado:

Procurador:

Objeto del juicio: medidas sobre hijos comunes.

FALLO

Que estimando en la forma que se dirá la demanda interpuesta por D.ª M.ª Zulma Balderas Morato, representada por la Procuradora Sra. Saenz Martin, frente a D. Hector Pinto Garcia, debo decretar y decreto la adopción de las siguientes medidas definitivas:

Primera

.– Se atribuye a D.ª M.ª Zulma Balderas Morato la guarda y custodia de Hector David y M.ª Angelica, siendo la patria potestad o “autoridad” ejercida exclusivamente por ella sobre ambos hijos.

Segunda

.– Queda suspendido el derecho de visitas y estancias de D. Hector Pinto Garcia para con ambos hijos Hector David y M.ª Angelica.

Tercera

.– D. Hector Pinto Garcia abonará, en concepto de alimentos para Hector David y M.ª Angelica, la cantidad que resulte de aplicar a la totalidad de los ingresos netos que perciba por todos los conceptos el 25 por ciento, con un mínimo, en todo caso, de ciento cincuenta (150) euros, cantidad esta última que se actualizará anualmente, con referencia a la fecha de esta resolución, conforme a la variación que experimente el IPC que publique el INE.

Cuarta

.– Los gastos de carácter extraordinario que pudieran generar los menores serán sufragados por ambos padres, por mitad.

No se hace especial condena en costas.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia (artículo 455 LECn).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LECn).

Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de 07-07-2008 el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado y en el BOP para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia al demandado.

En Bilbao (Bizkaia), a 7 de julio de 2008.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental