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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 144, miércoles 30 de julio de 2008


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 2 de Bergara
4543

EDICTO dimanante del procedimiento n.º 223/07 seguido sobre resolución de contrato y reclamación de cantidad.

Juzgado de Primera Instancia n.° 2 de Bergara (Gipuzkoa).

Juicio: J. verbal desh. L2 223/07.

Demandante: Francisco Javier Moreno Mesonero.

Abogado: Urteaga Bikuña, M.A.

Procurador: Nerea Ariño Delgado.

Demandado: Prudencio Enríquez Domínguez.

Sobre: resolución de contrato y reclamación de cantidad.

En el referido juicio se ha dictado Sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

“ ... Debo estimar y estimo la demanda interpuesta por la Procuradora doña Nerea Ariño Delgado, en nombre y representación de Francisco Javier Moreno Mesonero, con los siguientes pronunciamientos:

1.– Se declara resuelto el contrato de arrendamiento celebrado el día 24 de septiembre de 2002, entre don Francisco Javier Moreno Mesonero y don Prudencio Enríquez Domínguez.

2.– Se condena a los herederos de don Prudencio Enríquez Domínguez, a abonar la cantidad de 2.941,55 euros en concepto de rentas y cantidades asimiladas no abonadas.

3.– Se condena a los herederos de Prudencio Enríquez Domínguez al abono del interés anual del 15% sobre las cantidades adeudadas.

4.– Las costas deberán ser satisfechas por la parte demandada.

Esta resolución no es firme, contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Gipuzkoa. El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna {artículo 457.2 LEC)...”

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado Herederos de Prudencio Enríquez Domínguez y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Gipuzkoa.

El recurso se prepara por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de este edicto y limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la LECn).

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Bergara (Gipuzkoa), a 5 de marzo de 2008.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental