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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 135, miércoles 16 de julio de 2008


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

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Vivienda y Asuntos Sociales
4286

ANUNCIO por el que se notifican diversas resoluciones del Viceconsejero de Asuntos Sociales, que desestiman recursos interpuestos contra la Resolución de 28 de noviembre de 2007 de la Directora de Bienestar Social (BOPV n.º 8, de 11 de enero de 2008), por la que se aprobó la relación de beneficiarios/as y no beneficiarios/as de las ayudas convocadas mediante la Orden de 15 de febrero de 2007 (BOPV n.º 41, de 27 de febrero de 2007) para el apoyo a las familias con niños y niñas menores de 3 años y para la consolidación de la red de centros de atención a la infancia para menores de 3 años.

Intentada sin efecto la notificación de las resoluciones anteriormente citadas, se publica el presente anuncio en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Se hace público para conocimiento de las personas interesadas, a quienes debe servir de notificación individual, con las siguientes precisiones:

1.– El Viceconsejero de Asuntos Sociales ha resuelto, en los expedientes cuyos datos individualizados constan en el anexo I de este anuncio, desestimar los recursos de alzada interpuestos contra la Resolución dictada por la Directora de Bienestar Social el 28 de noviembre de 2007, por la que se aprobó la relación de beneficiarios/as y no beneficiarios/as de las ayudas para el apoyo a las familias con niños y niñas menores de 3 años y para la consolidación de la red de centros de atención a la infancia para menores de 3 años.

2.– Las letras correspondientes a los motivos de denegación tienen el significado que se contiene en el anexo II de este anuncio.

3.– Las resoluciones que se notifican son firmes en vía administrativa, si bien cabe interponer contra las mismas recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio.

4.– Las personas interesadas tienen a su disposición en la Dirección de Bienestar Social los textos íntegros de las resoluciones de los recursos de alzada interpuestos.

En Vitoria-Gasteiz, a 23 de junio de 2008.

El Director de Servicios,

MIKEL ARANA ETXEZARRETA.

I ERANSKINA / ANEXO I

Esp. zenbakia

N.º expediente

Eskatzailea

Solicitante

Uko egiteko arrazoia

Motivo de denegación

GUA-200600/0309

Maria Gancedo Comuñas

I

GUA-200600/1445

Jorge Armando Molina Chavez

A

GUA-200600/2745

Valeria Castro Cruz de Quispe

S

GUA-200600/4046

M.ª Daily Mendez Toledo

S

GUA-200500/4051

Gladis Esperanza Sanchez Poma

S

II. ERANSKINA/ ANEXO II

A&#9

Aginduaren 9. artikuluan ezarritako errenta-tarteak gainditzeagatik.

A&#9

Por superar los tramos de rentas establecidos en el artículo 9 de la Orden.

B&#9

Eskaria egin duen familia-unitateak EAEn bizi dela ez frogatzeagatik.

B&#9

Por no acreditar la unidad familiar solicitante de la ayuda, su residencia en la CAPV.

C&#9

Baliabide ekonomiko gutxien duten familia-unitateen eskariei lehentasuna eman zaielako (kreditua agortzen bada, Aginduaren 10. artikulua).

C&#9

Por haberse priorizado las solicitudes de las unidades familiares con menos recursos económicos (Supuesto en el que se agote el crédito artículo 10 de la Orden).

D	Eskabide ez aurkezteagatik.

D	Por no presentar la solicitud correspondiente.

E&#9

Aitaren diru-sarrerak ez aurkezteagatik (Errenta-aitorpenaren fotokopia, edo bestela urtean dituen diru-sarreren zinpeko deklarazioa).

E&#9

Por no aportar los ingresos del padre. (Fotocopia de la declaración o en su defecto declaración jurada de los ingresos anuales).

F&#9

Amaren diru-sarrerak ez aurkezteagatik (Errenta-aitorpenaren fotokopia, edo bestela urtean dituen diru-sarreren zinpeko deklarazioa).

F&#9

Por no aportar los ingresos de la madre. (Fotocopia de la declaración o en su defecto declaración jurada de los ingresos anuales).

G&#9

Dagokion Foru Aldundiko Balorazio eta Orientazio Unitateak emandako baliaezintasun-ziurtagiria ez aurkezteagatik.

G&#9

Por no aportar certificado de minusvalía expedido por la Unidad de Valoración y Orientación de la Diputación Foral correspondiente.

H&#9

Familia-liburuaren fotokopia edo familia-unitatea osatzen duten kideak egiaztatzen dituen agiri bat ez aurkezteagatik.

H&#9

Por no aportar fotocopia del libro de familia o documento acreditativo de los miembros que componen la unidad familiar.

I&#9

Bizikidetzako ziurtagiriarekin batera, guraso bakarra dela azaltzen duen zinpeko deklarazioa ez aurkezteagatik.

I&#9

Por no aportar declaración jurada en la que se indique la situación de monoparentalidad junto con el certificado de convivencia.

J	Epez kanpoko eskaria.

J	Solicitud fuera de plazo

K&#9

Prozedura bukatu egin delako, eskarian atzera egiteagatik edo horri uko egiteagatik.

K&#9

Por haber finalizado el procedimiento por desistimiento o por renuncia de la solicitud.

L&#9

Familia-unitateak ordaindu ez dituelako zentroek ordaindu edo deskontatu ditzaketen kuotak.

L&#9

Por no pagar la unidad familiar, cuotas que los centros puedan abonar o repercutir.

M	Dagozkion zerga-obligazioak ez betetzeagatik

M	Por no cumplir con las obligaciones fiscales correspondientes.

N	Haurra ez dago matrikulaturik.

N	El niño o niña no está matriculado.

O	Haurra ez dago eskatzailearen ardurapean.

O	El niño o niña, no está a cargo del solicitante

P	Beste administrazio batek ordaindutako gastuak.

P	Gastos sufragados por otra administración

R	Haurrak hiru urte baino gehiago dauzka

R	El niño o niña supera los tres años.

S	Espediente bikoiztuta.

S	Expediente duplicado.


Análisis documental