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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 132, viernes 11 de julio de 2008


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 6 de Getxo
4215

EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 288/07 seguido sobre desahucio.

Juzgado de Primera Instancia n.° 6 de Getxo (Bizkaia).

Juicio: J. verbal desh. L2 288/07.

Demandante: Dominica Muñoz Diez y Jose Miguel Sarria Menchaca.

Abogado: Martinez Saenz, Oscar.

Procurador: German Ors Simon y …

Demandado: Jose Aparicio Cordero.

Sobre: desahucio.

En el referido juicio se ha dictado sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

FALLO

Que con estimación total de la demanda interpuesta por el Procurador German Ors Simon en nombre y representación de Jose Miguel Sarria Menchaca y Dominica Muñoz Diez contra Jose Aparicio Cordero, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento suscrito entre las partes; y en consecuencia haber lugar al desahucio solicitado condenando al demandado, a que en el término de un mes desaloje y deje a disposición de los actores la vivienda situada en la calle Aquilino Arriola n.º 71 1.° centro derecha de la localidad de Sopelana, bajo apercibimiento de lanzamiento si no lo verificara en el plazo señalado; así como condenando al demandado a que abone a los actores la cantidad de 1.536 (mil quinientos treinta y seis) euros más los intereses legales desde la interpelación judicial, y las rentas devengadas desde la interposición de la demanda hasta la completa entrega de la posesión a los actores, todo ello con imposición del pago de las costas procesales.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia, a anunciar en este Juzgado en el plazo de cinco días desde la notificación.

Así, por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo, M.ª Teresa Rubio Cabrero, Magistrado-Juez.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Jose Aparicio Cordero y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia.

El recurso se prepara por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de este edicto y limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la LECn).

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Getxo (Bizkaia), a 6 de junio de 2008.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental