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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 132, viernes 11 de julio de 2008


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Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 1 de Barakaldo
4212

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 547/05 seguido sobre reclamación de cantidad.

Juzgado de Primera Instancia n.° 1 de Barakaldo (Bizkaia).

Juicio: Pro. ordinario L2 547/05.

Demandante: Ivan Lopez Gonzalez.

Abogado: Vidondo Salaberri, Gorka.

Procurador: Maria Teresa Lapresa Villandiego.

Demandado: Yocarech Rehabilitación de Edificios, S.L.

Sobre: reclamación de cantidad.

En el referido juicio se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:

La Sra. Dña. Begoña Merino Juez, Magistrado-Juez de Primera Instancia n.° 1 de Barakaldo (Bizkaia) y su Partido, habiendo visto los presentes autos de P. Ordinario LECn n.° 547/05 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante D. Ivan Lopez Gonzalez con Procurador Sra. Dña. Lapresa y Letrado Sr. D. Vidondo de otra como demandado Mercantil Yocarech Rehabilitación de Edificios, S.L., sobre reclamación de cantidad.

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora Sra. Lapresa en nombre y representación de D. Ivan Lopez Gonzalez contra Mercantil Yocarech Rehabilitación de Edificios, S.L., debo condenar y condeno a la demandada a abonar al actor la suma de 3.127,23 euros, más los intereses previstos en el fundamento de derecho cuarto de esta resolución. Se imponen las costas procesales a la parte demandada.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado Yocarech Rehabilitación de Edificios, S.L. y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia.

El recurso se prepara por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de este edicto y limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la LECn).

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Barakaldo (Bizkaia), a 16 de junio de 2008.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.


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